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  • Constituye responsabilidad Extracontractual?

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 #43735  por nasigo
 
Buenas tardes, me recibi hace poco tiempo y tengo mi primer caso y agradecería su ayuda. L es cuento, es un caso de filtraciones de un piso superior a uno inferior, y se reclama el arreglo de dicha filtracion y posterior indemnización y arreglo de las humedades que provoco la filtracion. Junto con mi socia estamos por iniciar la demanda por daños en un juzgado civil, pidiendo la reparacion de las filtraciones, pero el tema es si esa rotura de caño al provocar un daño, constituye responsabilidad extracontractual por el deber generico de no dañar, teniendo el propietario del piso superior una postura reticente a solucionar el problema. como seria? gracias

 #43804  por BATUCHI
 
Hola! No creo que sea responsabilidad extracontractual porque seguramente en el reglamento de copropiedad del edificio está previsto hacerse cargo y cómo, de éste tipo de eventos. Si no estuviera, entonces sí es reponsabilidad extracontractual
 #43905  por nasigo
 
Muchas gracias por la ayuda, es lo que pensabamos pero entramos en duda. El reglamento lo unicoque establece que es problema de cada copropietario todos y cada uno de los problemas que surgan dentro de cada unidad funcional que no sea de uso comun. Mil gracias!
 #44155  por doctoramanero
 
Encantada; tené en cuanta al consorcio también, ya que primero y antes de hacer una demanda tenés que tener pruebas fehacientes de que verdaderamente el daño lo provocó el piso superior y no que viene con antelación a la posesión; ojo ahi; suerte.-
 #44195  por nasigo
 
Si por lo que hemos observado y por los antecedentes es un problema que viene del piso superior, pues nuestro cliente hace 40 años que vive en dicha unidad, y el vecino de arriba ya hace 3 años y el problema existe desde hace unos 4 meses y no encontramos respuestas por parte de este ultimo. Vos decis que por ahi conviene demandar tanto al consorcio "por las dudas" como obviamente al propietario del piso superior?. En lo que hace al reglamento este establece que el administrador solo va a "mediar" en los conflictos internos que existan entre los consorcistas, no mas que eso. Y si responderia en el supuesto que fuera una parte en comun lo que acarree el problema, digamos. Corresponderia pedir un aseguramiento de pruebas?, a mi me suena a que no, pero no se. Se puede pedir alguna medida innovativa o cautelar que permita el cierre de la cañeria y pronto arreglo de los mismos?, perdon parece pregunta de examen, pero la verdad es que no se. Muchas gracias
 #44632  por doctoramanero
 
Hola: digo, ya tienen varias pruebas y detalle de las mismas de las personas idóneas en el tema respecto de quien es el "culpable" por decirlo de algún modo?, a esto me refiro con determinar quien para luego proceder en la indemnización del daño; suerte.-
 #46380  por nasigo
 
HOLA A TODOS Y FELIZ DIA DEL ABOGADO! Y MUCHAS GRACIAS POR LOS CONSEJOS DADOS. SONTODOS TOMADOS EN CUENTA Y VALORADOS. BESOS Y MUCHA SUERTE