hola les comento una duda..mas que nada es una inquietud y no encuentro respuesta...si una persona tiene inscripcion como autonoma con deuda desde el 01/1993...le aplico la prescripcion..cancelo la deuda..hasta ahi ningun problema..el tema es que estuve investigando y si prescribo o renuncio esos años no los puedo usar para comprar por moratoria no?..ahora dicho esto de 01/1993 a 09/1993 me servirian esos meses para completar los 30...pero como los prescribo no los puedo usar..eso quiere decir que para completar esos 30 años..deberia comprar SDM con lo que implica???
muchas gracias
muchas gracias
