ANTO 2999, ANTE TODO PIDO DISCULPAS ,LO QUE TENES QUE HACER COMO TU CLIENTA ESTUVO TRABAJANDO EN CLANDESTINIDAD ENVIA TCL SOLICITANDO CORRECTA REGISTRACION, AL MISMO TIEMPO TCL A LA AFIP , EN EL FORO VAS A ENCONTRAR MODELOS DE TCL, SI BIEN ES CIERTO QUE PASO MUCHO TIEMPO DE QUE DEJO DE LABORAR ANTES DE INTIMAR PREGUNTALE A TU CLIENTE SI ES QUE DURANTE ESTE LAPSO DE TIEMPO NO LABORO EN OTRO LUGAR ESTANDO REGISTRADO, SI NO LO HIZO TE QUEDA LA VIA ABIERTA PARA EL RECLAMO ES EL PRECIO QUE EL EMPLEADOR DEBERA PAGAR, NO PODRA ACREDITAR EL PAGO DADO QUE ESTARIA RECONOCIENDO LA RELACION LABORAL
Encontrándome laborando bajo sus ordenes y en relación de dependencia desde el día 21 de enero del año 2008 realizando tareas de operario, de lunes a viernes, cumpliendo un horario de 7 hs. a 18:30 hs., percibiendo una remuneración mensual de pesos ($ 1500), por la presente intimo por el plazo de 30 días para que registre la relación laboral en los registros del art. 52 o en el que haga sus veces y en los registros del art.18 inc. A) LE, conforme lo establecido en los art. 8 y 11 de la ley 24.013, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 15 de la misma ley.
ESTE ES EL 1ER TCL
En los términos de la ley 25.345 articulo 47, 23.789 articulo 2 inciso d) y 24.013 articulo 11 inciso b) comunico a AFIP del reclamo cursado a ETIGUEL S.A. con domicilio en Remedios de Escalada de San Martín 661 C.A.B.A. dedicado a elaboración de etiquetas bordadas y estampadas para la industria textil, a tenor del siguiente texto:
Encontrándome laborando bajo sus ordenes y en relación de dependencia desde el día 21 de enero del año 2008 realizando tareas de operario, de lunes a viernes, cumpliendo un horario de 7 hs. a 18:30 hs., percibiendo una remuneración mensual de pesos ($ 1500), por la presente intimo por el plazo de 30 días para que registre la relación laboral en los registros del art. 52 o en el que haga sus veces y en los registros del art.18 inc. A) LE, conforme lo establecido en los art. 8 y 11 de la ley 24.013, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 15 de la misma ley.
.
ESTE ES EL QUE TENES QUE TIENE QUE DESPACHAR TU CLIENTE JUNTO CON EL PRIMERO, AHORA SI EXITOS
