Buenos Días Foristas. Como era de esperar llego la primera sucesión, y Murphy como verán siempre esta presente!
El tema es así.
Hace poco fallece la causante, madre soltera. Acervo H. , una propiedad.
Tenemos 5 hijos y una hermana de la causante.
En realidad la hermana, no es hermana, sino que también es hija de la causante, a pesar de que en el certificado de nacimiento no figura como hija de la causante. Pero si tengo un Certificado de Bautismo en el cual figura como hija de la causante.
4 de sus hermanos, la reconocen como hija y no como hermana de la causante. La quinta hermana no sabemos si la quiere reconocer o no como hermanda, ya que pretende hacer valer un Boleto de CV a precio Vil, en el cual se vendió la propiedad.
Me pregunto: inicio la sucesión, y en la misma declaro y hago declarar a los 4 hermanos que la inician, que su tía en realidad no es tía, sino hermana de ellos, y pido una Filiación dentro de la sucesión?
O inicio los dos por separado, Filiación por un lado y sucesión por el otro? teniendo en cuenta lo que dice el 254?
Artículo 254. Los hijos pueden reclamar su filiación matrimonial contra sus padres si ella no resultare de las inscripciones en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.
En este caso la acción deberá entablarse conjuntamente contra el padre y la madre. Los hijos pueden también reclamar su filiación extramatrimonial contra quien consideren su padre o su madre. En caso de haber fallecido alguno de los padres, la acción se dirigirá contra sus sucesores universales.
Estas acciones podrán ser promovidas por el hijo en todo tiempo.
Agradezco consejos!!!
El tema es así.
Hace poco fallece la causante, madre soltera. Acervo H. , una propiedad.
Tenemos 5 hijos y una hermana de la causante.
En realidad la hermana, no es hermana, sino que también es hija de la causante, a pesar de que en el certificado de nacimiento no figura como hija de la causante. Pero si tengo un Certificado de Bautismo en el cual figura como hija de la causante.
4 de sus hermanos, la reconocen como hija y no como hermana de la causante. La quinta hermana no sabemos si la quiere reconocer o no como hermanda, ya que pretende hacer valer un Boleto de CV a precio Vil, en el cual se vendió la propiedad.
Me pregunto: inicio la sucesión, y en la misma declaro y hago declarar a los 4 hermanos que la inician, que su tía en realidad no es tía, sino hermana de ellos, y pido una Filiación dentro de la sucesión?
O inicio los dos por separado, Filiación por un lado y sucesión por el otro? teniendo en cuenta lo que dice el 254?
Artículo 254. Los hijos pueden reclamar su filiación matrimonial contra sus padres si ella no resultare de las inscripciones en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.
En este caso la acción deberá entablarse conjuntamente contra el padre y la madre. Los hijos pueden también reclamar su filiación extramatrimonial contra quien consideren su padre o su madre. En caso de haber fallecido alguno de los padres, la acción se dirigirá contra sus sucesores universales.
Estas acciones podrán ser promovidas por el hijo en todo tiempo.
Agradezco consejos!!!
No confundas mi personalidad con mi actitud. Mi personalidad es quien soy yo, y mi Actitud depende de quien seas vos