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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #536741  por lawer
 
Una pregunta que tal vez parezca tonta. ¿se debe presentar la libreta de matrimonio o el certificado junto con toda la documentacion (SPP, Poder, etc, etc) que dá inicio al tramite de la jubilacion? o ¿primero se solicita la jubi y una vez otorgada se presenta la libreta de matrimonio para cobrar la asig por conyuge?
 #536753  por ALEXIS2010
 
Da igual, ya que si presentas la partida de matrimonio una vez acordada la jubi, le pagan retroactivo hasta la fecha de inicio del beneficio. Lo mejor es presentar todo antes, pero si no, no pasa nada.
 #536804  por lawer
 
Gracias por la informacion, suponía que era asi, pero preferí sacarme la duda.
Saludos