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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #536979  por Loberia
 
Mis amigos el caso es el siguiente.
Mi cliente tiene una jubilación por invalidez de provincia de la que percibe menos de $ 300 y tiene un reco hecho en Anses por 13 años, con aportes en un banco; cabe decir que para la invalidez quien le realizó el trámite solo tuvo en cuenta los aportes como destajista que tenía en el ámbito municipal.
El tema es el siguiente en el IPS me informan que esa jubilación no se puede renunciar con lo cual si quiere hacer la jubilación por nacion es imposible, el tema es si con los aportes de nacion puede mejorar la situacion de la provincial.
Gracias.
 #537419  por aramis
 
El haber de la jubilacion por invalidez sera equivalente al 70% de la remuneracion asignada al cargo de que era titular el afiliado a la fecha del cese en el servisio, salvo que opte por el cargo de mayor jerarquia desempèñado en cuyo caso debera acreditar la permanencia en el mismo por los periodos que consigna el art. 41
En la practica se traduce la diferencia en el haber porque el pòrcentaje es igual (70%) pero no proceden las bonificaciones porque sera nferior a la que procede percibir en una jubilacion ordinaria.