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  • HEREDERO QUE PUEDE HACER- X FAVOR

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #538617  por maria80
 
hola colegas, se me planteo esta situacion, una sra compra x boleto de compra y venta en 1979, y paga todo el precio, el boleto dice:" la sra.. vende a la sra..., bajo el regimen de ph, la unidad a determinarse una vez confeccionada y concluido los planos de obra y division, respecto a una fraccion de un terreno ubicado en su mayor extension en ......(luego dice), le corresponde a la vendedora la fraccion antes mencionada, por compra....... (Pero en otra clausula dice): la compradora dentro de 180 dias de firmado este convenio se compromete a someter el inmueble a ph, y al pago de gastos, honorarios, planos, etc....y que la vendedora otorgara el Escritura de Regla. y copro. luego que la compradora haga lo anterior....(Pero en la clausula siguiente dice): Si la compradora no cumple en plazo de 180 dias las clausulas anteriores, pierde el dinero y debe devolver la propiedad....

La cuestion es que la compradora nunca sometio el inmueble a ph en el plazo de 180 dias, ya fallecio, pero quedo el unico hijo que ya fue declarado heredero (abrio sucesorio), el heredero hace mas de 10 años que vive en dicha fraccion, paga inmobiliario, tiene echo un plano de prescripcion sobre la fraccion, etc.

Pero Ahora la propietaria (vendedora), le pide plata, y quiere hipotecar la casa (ella figura titular en el inmobiliario), ¿QUE PUEDE HACERSE? ¿ HAY SOLUCION A PESAR DE ESA CLAUSULA QUE NO SE CUMPLIO Y LA OTRA DICE QUE PIERDE EL DINERO Y ETC??? ¿ Y QUE PUEDE RECLAMAR EL HEREDERO AHORA???. Por favor si alguien sabe, deme su opinion. Gracias
 #538729  por mariferzara
 
Hola María! no sé si este caso es el mismo q preguntaste en otro post , pero te pregunto, el herdero ahora puede hacer la subdivisión en PH? que la haga él e intime inmediatamente la escrituración o colaboración de la vendedora para el trámite.- Ella no podrá ya reclamar resolución contractual, pues por lo q contás transcurrió el plazo de 10 años para prescribir la obligación, a diferencia de tu cliente heredero, que para el comprador que tiene posesión la acción de escrituración no prescribe.- Saludos
 #539664  por maria80
 
Hola Dra. Gracias por responder, no entiendo porque me preguntas si el heredero puede hacer la division de ph? en que sentido?.
y la ultima pregunta es, ¿puede el heredero demandar la escrituracion si ya pasaron los 10 años desde que se firmo el boleto, por la madre del mismo?.
Gracias! y espero tu respuesta.
 #540362  por mariferzara
 
María, te preguntaba si tu cliente el heredero está en condiciones de hacer la subdivisión, ya que no sé por qué razón su madre no lo hizo, si era un tema económico o habia otra imposibilidad.-
Para el comprador que tiene la posesión la acción de escrituración no prescribe.- Consultá jurisprudencia que es concordante y pacífica al respecto.- Saludos
 #540739  por maria80
 
Hola doctora, te cuento que la madre de mi cliente no hizo la division por ph por negligencia, ignorancia, etc. Mi cliente, el heredero, quiere arreglar la situacion por lo que si tiene que gastar en algo lo hara. Ahora de acuerdo a lo que dices, el sí puede ahora someter la propiedad a ph, a pesar del tiempo transcurrido, entendí bien?, Muchas Gracias!.
 #540798  por mariferzara
 
maria80 escribió:Hola doctora, te cuento que la madre de mi cliente no hizo la division por ph por negligencia, ignorancia, etc. Mi cliente, el heredero, quiere arreglar la situacion por lo que si tiene que gastar en algo lo hara. Ahora de acuerdo a lo que dices, el sí puede ahora someter la propiedad a ph, a pesar del tiempo transcurrido, entendí bien?, Muchas Gracias!.
María yo entiendo que sí, si nunca lo pusieron formalmente en mora por el incumplimiento, pienso que no hay nada que se lo impida.- Suerte!. Saludos