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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #540043  por mecha2010
 
Tengo 58 años y 25 años, 9 meses de antiguedad docente. Soy docente transferida con 9años y 8 meses aportados en el Anses, y a partir del 01-01-1994 en provincia. Simultáneamente y desde 1994 aporto al Anses como autónomo, o sea que tengo aportes paralelos a Pcia y Nación, porque soy profesional y trabajo en privado, y además pretendo seguir haciéndolo.
Cuando voy al IPS a averiguar sobra la jubilación automática docente, me dicen que tengo más aportes en nación que en provincia. Yo sólo quería afectar los años del Anses donde aporté como docente. Pedí el reconocimiento en Anses de esos servicios y en el expediente me agregan los servicios privados.
Si sé que mucha gente se jubila parcialmente, no puedo jubilarme por el Ips como docente(como docente tengo mas aportes en pcia que en nación) y seguir trabajando en forma privada y aportando al Anses como corresponde? En el gremio me dijeron que sí, en el IPS me dicen que no. Socorro!!!!
Desde ya muchas gracias
 #540212  por periquita
 
Hola mecha
Podés jubilarte por el IPS si te alcanzan los años trabajados en la provincia sin llevar nada de ANSES.
Saludos
 #540525  por mecha2010
 
En Provincia tengo aportados 16 años y en Anses 10 como docente + 16 como autónomo que son paralelos a los aportes en provincia. De acuerdo a lo que me decís, mi caja otorgante sería el Anses. En ese caso, estaría en condiciones de jubilarme como docente, aunque sea por nación?
Y si yo quiero seguir trabajando en forma privada pero incluyo en mi jubilación los aportes privados, como quedo en Anses? me tengo que dar de baja?
No puedo laburar más? si yo sólo quiero cerrar mi carrera docente.
Gracias mil (aunque las respuestas no me gusten)
 #540557  por aramis
 
Del detalle de servicios mencionado se desprende que la caja otorgante del beneficio previsional es el I.P.S. Determinado el beneficio lo que no se puede es trabajar en relacion de dependencia, dado que esto es incompatible.
 #540582  por periquita
 
aramis escribió:Del detalle de servicios mencionado se desprende que la caja otorgante del beneficio previsional es el I.P.S. Determinado el beneficio lo que no se puede es trabajar en relacion de dependencia, dado que esto es incompatible.
Hola
No concuerdo con lo aquí expresado.
Entiendo que la Caja Otorgantes es ANSES.
 #540584  por periquita
 
mecha2010 escribió:En Provincia tengo aportados 16 años y en Anses 10 como docente + 16 como autónomo que son paralelos a los aportes en provincia. De acuerdo a lo que me decís, mi caja otorgante sería el Anses.
CORRECTO
En ese caso, estaría en condiciones de jubilarme como docente, aunque sea por nación? SI
Y si yo quiero seguir trabajando en forma privada pero incluyo en mi jubilación los aportes privados, como quedo en Anses? me tengo que dar de baja? No. ANSES te permite seguir trabajando como autónomo, no en RRDD.
No puedo laburar más? si yo sólo quiero cerrar mi carrera docente Ya está contestadoGracias mil (aunque las respuestas no me gusten)
 #540691  por aramis
 
si transformas los servicios docentes de provincia en servicios comunes, arroja un total 22a y 4m de servicios
 #540759  por mecha2010
 
Aramis: esto último no lo entendí.
Tampoco entendí que el derecho jubilatorio diera lugar a distintas interpretaciones. Esperé a cumplir los 25 años de ant. docente y como en esa actividad tengo mas aportes en provincia que en nación (recordamos soy transferida), fui al IPS. Era fácil, he tenido una sola escuela y siempre la misma carga horaria, este trámite lo hago al toque, pensé. Cuando me dicen que se computan los aportes privados paralelos para decidir la caja otorgante, es como si se me estuviera negando un derecho adquirido. Pero ya tengo dos opiniones distintas en el foro, a lo mejor alguien más puede aportar, porque por razones familiares me urge resolver este tema, y creo que Pcia es más conveniente.
Saludos cordiales,
 #540773  por mirtalucia
 
Hola Mecha. Si entendi bien, tenes mas de 25 años docentes. Te podrias jubilar por IPS, siempre y cuando no tuvieras reconocidos los servicios autonomos en el expediente que mencionas, y siempre que continues en esa actividad autonoma, declarandola en IPS, ya que este organismo exige la presentacion de servicios en los que hayas CESADO.
 #541280  por mecha2010
 
En el expediente figuran los servicios autónomos pero yo no he cesado, ni tengo deuda, ni pienso cesar por varios años. Me parece coherente tu punto de vista, mirtalucia. Mi esposo se jubiló por el IPS, en situación similar y ni siquiera declaró un cargo docente en Nación que le hacía superar la antiguedad en pcia. O sea que se jubiló parcialmente y despues que le salió la definitiva, renunció.
Gracias y se aceptan opiniones