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  • QUE HAGO CON LA DEMANDADA??

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 #540127  por dhabogada
 
Hola colegas, en una ejecucion de creditos en capital yo presente una liquidacion por $5.000, Secretaría hizo el calculo y dijo que eran $8.000. Le di traslado a la demandada y la objeta porq se dio cuenta de que Secretaria aplico multa del 30% sobre los 5.000 que yo habia consignado, pero yo a ese monto ya le habia sumado el 30%. O sea que habia una doble imposicion... Sin embargo, la demandada calcula multa del 30% sobre lo que le resta pagar de un convenio que incumplio, y no sobre el monto total conciliado. Yo la multa la calculé sobre el monto total conciliado, es correcta mi apreciacion???
Y otra cosa, Secretaría hizo lugar a la liquidacion que practicó la demandada y ordeno que se me notifique con copia, (conf. art. 46 L.O) pero la demandada todavia no me mandò cèdula... y esto data del 12 de abril... que puedo hacer para apurarla..???
 #540146  por vno
 
LA DEMANDADA NO TE VA A MANDAR CEDULA, NO TIENE INTERES. PRESENTA UN ESCRITO NOTIFICANDOTE
 #541167  por dhabogada
 
Gracias colega!! Me notifico de la resolución y retiro las copias, y respecto del calculo de la multa?? Es correcto mi afirmacion en lo relativo a que el 30% se calcula sobre el monto conciliado y no sobre lo que se adeuda verdad??
 #541171  por MORGAN
 
Habría que ver que dice el convenio, calculo que es una cláusula penal y se aplica sobre lo que resta abonar y no sobre el total conciliado o pagado.