Hola colegas, en una ejecucion de creditos en capital yo presente una liquidacion por $5.000, Secretaría hizo el calculo y dijo que eran $8.000. Le di traslado a la demandada y la objeta porq se dio cuenta de que Secretaria aplico multa del 30% sobre los 5.000 que yo habia consignado, pero yo a ese monto ya le habia sumado el 30%. O sea que habia una doble imposicion... Sin embargo, la demandada calcula multa del 30% sobre lo que le resta pagar de un convenio que incumplio, y no sobre el monto total conciliado. Yo la multa la calculé sobre el monto total conciliado, es correcta mi apreciacion???
Y otra cosa, Secretaría hizo lugar a la liquidacion que practicó la demandada y ordeno que se me notifique con copia, (conf. art. 46 L.O) pero la demandada todavia no me mandò cèdula... y esto data del 12 de abril... que puedo hacer para apurarla..???
Y otra cosa, Secretaría hizo lugar a la liquidacion que practicó la demandada y ordeno que se me notifique con copia, (conf. art. 46 L.O) pero la demandada todavia no me mandò cèdula... y esto data del 12 de abril... que puedo hacer para apurarla..???
-dhabogada-
