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  • NECESITO SABER COMO PROCEDER PARA EJECUTAR HONORARIOS

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #542013  por alejandra01
 
si estàn notificados, intimà al pago.
Si ves que no pasa nada, se inicia segùn el juzgado, por incidente o en el mismo expediente con un escrito SOLICITO EJECUCION DE HONORARIOS.
se hace una pequeña demanda señalando todo lo que tenès que poner, y esperàs la sentencia. Una vez firme la notificàs, y si pediste embargo de sueldo, procederà.
a grandes rasgos, el expediente solo te va llevando.
suerte.
 #543094  por chiqui79
 
agrego a lo que dijo ale, si va por expediente separado debes adjuntar copia de sentencia y notificacion con transcripcion del art. 54, y pedir que la certifique el actuario teniendo a la vista el expte original. saludos.
 #544656  por Sydalg
 
Hola. No hago Capital.
En Provincia, como te dijo Ale, tenés que tener los honorarios notificados con el 54. Si es a tu cliente en el domicilio real. Si es a la contraparte al constituído.
Sólo con la copia de la regulación y de la notificación inicias la ejecución pero pedí que vaya al juzgado dónde está el principal, y como te dijo Ale, ahí va solo porque te irán ordenando mandamiento y si no te pagan te van a ordenar (vos lo tenés que pedir) embargo o inhibición...
Si lográs la inhibición es mejor porque el primer día que quieren comprar un ventilador o algo en algún banco vienen enseguida a pagar. :lol:
Entonces tenés que hacer la liquidación... Cuando llegues a eso si necesitas escribime.
Suerte.