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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #541563  por SOL01
 
Hola a todos! tengo una consulta por una jubilacion docente cuya respuesta no pude encontrar en el foro, mejor dicho, con tanta información sobre el tema tengo más dudas que al inicio y estoy bastante perdida. espero puedan ayudarme!
una Sra. con 50 años y 16 de aportes en escuela de provincia, puede jubilarse por IPS? de lo que leí tengo los siguientes interrogantes.
1) es necesario que renuncie o inicie un cierre de computos? no pude seguir trabajando?
2)creia que no podia jubilarse porq tenia que contar con 35 años para realizar el prorrateo (comprando en sicam lo q falta) y eso me iba a dar más años de servicio comun, y como no cumplia el requisito de la edad no iba a poder jubilarla, pero leí algo de multiplicar los años aportados por 1.4 o algo asi y no entiendo que debo hacer.
3) si compro Sicam, tengo que cancelar la moratoria antes de presentar esos años en IPS? (pude entender mal)
4)estando matriculada en Prov. puedo hacer los trámites en la casa de la prov. en callao?
desde ya muchas gracias
sol
 #541578  por gracielaelenamar
 
SOL01 escribió:Hola a todos! tengo una consulta por una jubilacion docente cuya respuesta no pude encontrar en el foro, mejor dicho, con tanta información sobre el tema tengo más dudas que al inicio y estoy bastante perdida. espero puedan ayudarme!
una Sra. con 50 años y 16 de aportes en escuela de provincia, puede jubilarse por IPS? de lo que leí tengo los siguientes interrogantes.
si hace un cierre de computos sigue trabajando hasta que le den el código y salga la jubilacion
1) es necesario que renuncie o inicie un cierre de computos? no pude seguir trabajando?
si hace un cierre de computos sigue trabajando hasta que le den el código y salga la jubilacion
2)creia que no podia jubilarse porq tenia que contar con 35 años para realizar el prorrateo (comprando en sicam lo q falta) y eso me iba a dar más años de servicio comun, y como no cumplia el requisito de la edad no iba a poder jubilarla, pero leí algo de multiplicar los años aportados por 1.4 o algo asi y no entiendo que debo hacer.
un año comun equivale a 1.4 años docentes. o se que tus 16 años docentes son 22.4 años comunes.
ademas tenes que hacer el prorrateo de la edad.
3) si compro Sicam, tengo que cancelar la moratoria antes de presentar esos años en IPS? (pude entender mal)
tenes que tener cancelado el sicam
4)estando matriculada en Prov. puedo hacer los trámites en la casa de la prov. en callao?
desde ya muchas gracias
sol
de eso no tengo idea
igual espera el aporte de alguien mas especializado en el tema docente
 #541981  por periquita
 
Hola Sol
1.- Si tiene un solo cargo no podrá seguir trabajando después de jubilada. Puede hacer reuncia definitiva o cierre de cómputo y sigue trabajando hasta que le otorguen en beneficio
2.- En el prorrateo le va a faltar edad para jubilarse (son 50 si los 25 son todos docentes)
Los aportes si los podés completar pero por la edad tendrá que esperar.
3.- Sí. La moratoria tiene que estar pagada totalmente para pedir el reco en ANSES
4.- Entiendo que sí.
Saludos
 #542258  por SOL01
 
Periquita. me queda una duda...si la mujer tiene 50 años y 16 de aportes (10 al fte de alumnos) no tengo q comprarle 9 años por moratoria? no entiendo cuando decis q no le va a alcanzar la edad. x lo q vi en la pag de IPS una de las opciones es esa.Otra cosa, en el supuesto que se pueda hacer esto de comprar por moratoria e iniciar el trámite de jubilación..una vez que pague al contado la moratoria, tengo q iniciar el trámite de reconocimiento en anses y recien cuando tenga la resolucion hacer la jub en prov?
gracias por paciencia
sol
 #542269  por periquita
 
SOL01 escribió:Periquita. me queda una duda...si la mujer tiene 50 años y 16 de aportes (10 al fte de alumnos) no tengo q comprarle 9 años por moratoria? no entiendo cuando decis q no le va a alcanzar la edad. x lo q vi en la pag de IPS una de las opciones es esa. Se necesitan 50 de edad y 25 de servicios si son TODOS docentes, caso contrario hay que prorratear con comunes (60 de edad y 35 de aportes)
Otra cosa, en el supuesto que se pueda hacer esto de comprar por moratoria e iniciar el trámite de jubilación..una vez que pague al contado la moratoria, tengo q iniciar el trámite de reconocimiento en anses y recien cuando tenga la resolucion hacer la jub en prov? Correcto, es así.
gracias por paciencia
sol
 #543030  por SOL01
 
ahora estoy pensando para q se jubile antes...conviene hacer el tramite de reco en anses de los años trabajados en pcia y jubilarla a los 57 en cap? considerando q para ese entonces va a tener los serv. reconocidos dentro de los cuales van a haber 10 años fte a alumnos, compraria lo q falta de moratoria pero haria todo en anses, es decir, puede ser q lo unico q pueda hacer ahora para ganar tiempo es el reco en anses y q se jubile a los 57 en vez de 60 en ips?
saludos
sol
 #543107  por periquita
 
SOL01 escribió:ahora estoy pensando para q se jubile antes...conviene hacer el tramite de reco en anses de los años trabajados en pcia ¿¿?? NO SE PUEDE
y jubilarla a los 57 en cap? ¿AHORA ESTÁ APORTANDO AL ANSES O AL IPS?considerando q para ese entonces va a tener los serv. reconocidos dentro de los cuales van a haber 10 años fte a alumnos, compraria lo q falta de moratoria pero haria todo en anses, es decir, puede ser q lo unico q pueda hacer ahora para ganar tiempo es el reco en anses y q se jubile a los 57 en vez de 60 en ips?
Me perdí en lo que querés hacer.
Repasá un poco los requisitos de cada ley,porque estas confundida.
Docentes mujeres en ANSES 57 años -en IPS 50años - Ambos con 25 años de servicios
Mujeres comunes en ANSES 60 AÑOS y 30 de aportes - EN IPS 60 años y 35 de aportes.
Vas a tener que prorratear edad y servicios
saludos

sol
 #543131  por SOL01
 
periquita. creo q no supe expresar mi idea. lo que quiero decir es: actualmente ella trabaja en pcia x lo q aporta en IPS. y tiene 50 años con 16 de aportes. Entiendo q en estas circunstancias no puede jubilarse y debe esperar a los 60 años y prorratear con 35 años de servicios. Mi idea es la siguiente: pretendo jubilarla a los 57 en anses como docente haciendo valer los 16 años aportados en pcia (si puedo iniciar el tramite ahora) y completar lo q me falta para los 25 que requiere la ley como minimo con moratoria (como los años aportados como docentes van a ser mayores a los comunes, tendria todos los requisitos. 57 años, 10 fte a alumnos y 25 en total). pero a todo esto nunca hice un reconocmiento y no se si se puede hacer de esta manera, es decir, q los años de pcia sean reconocidos pra la jubilacion a iniciar en el futuro en anses.
espero haber sido mas clara ahora y nuevamente muchas gracias por tu atencion
sol
 #543149  por periquita
 
SOL01 escribió:periquita. creo q no supe expresar mi idea. lo que quiero decir es: actualmente ella trabaja en pcia x lo q aporta en IPS. y tiene 50 años con 16 de aportes. Entiendo q en estas circunstancias no puede jubilarse y debe esperar a los 60 años NO, SE PUEDE JUBILAR ANTES, A LO MEJOR A LOS 54 AÑOS, TENÉS QUE ESTUDIAR COMO FUNCIONA EL PRORRATEO y prorratear con 35 años de servicios. Mi idea es la siguiente: pretendo jubilarla a los 57 en anses como docente haciendo valer los 16 años aportados en pcia (si puedo iniciar el tramite ahora) TIENE QUE DEJAR DE TRABAJAR y completar lo q me falta para los 25 TENES QUE COMPLETAR MÁS DE 25, HAY QUE HACER PRORRATEO que requiere la ley como minimo con moratoria (como los años aportados como docentes van a ser mayores a los comunes, ¿¿¿??? tendria todos los requisitos. 57 años, 10 fte a alumnos y 25 en total)SI SON 25 DEBEN SER TODOS DOCENTES, SINO TENDRÁN QUE SER ALGUNOS MAS. pero a todo esto nunca hice un reconocmiento y no se si se puede hacer de esta manera, SIGO SIN ENTENDER BIEN , A LO MEJOR ALGÚN OTRO FORISTA PUEDE AYUDARTE es decir, q los años de pcia sean reconocidos pra la jubilacion a iniciar en el futuro en anses.TENES QUE TENER MÁS AÑOS APORTADOS EN ANSESespero haber sido mas clara ahora y nuevamente muchas gracias por tu atencion
sol
Repasá un poco los requisitos de cada ley,porque estas confundida.
 #543269  por SOL01
 
periquita. mi idea surge del art.3 24016 q requiere 10 años de servicios docentes y alternadamente con otrs de cualquier naturaleza, con lo que creo que no voy a tener q reunir los 25 completos de docente. Por otra parte creo entenderte ahora que siendo mayores los años aportados a IPS voy a tener que iniciar ahi el trámite jubilatorio. Creo que armé lio con el tema del reconocimiento que no entiendo bien como funciona.
 #543472  por periquita
 
SOL01 escribió:periquita. mi idea surge del art.3 24016 q requiere 10 años de servicios docentes y alternadamente con otrs de cualquier naturaleza, con lo que creo que no voy a tener q reunir los 25 completos de docente. Por otra parte creo entenderte ahora que siendo mayores los años aportados a IPS voy a tener que iniciar ahi el trámite jubilatorio. Creo que armé lio con el tema del reconocimiento que no entiendo bien como funciona.
Por ahí vamos, entiendo que la caja otorgante es el IPS.
Ojo que Anses no reconoce los servicios por la ley 24016 sino por la 24241 y el Dto. 137/05.
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