Hola foristas. Tengo una clienta que quiere divorciarse pero su conyuge no quiere presentación conjunta, tampoco existen los plazos para causal objetiva. Él hace más de un año la denunció por amenazas (con armas supuestamente) se inició una causa penal que acualmente está reservada en secretaria del juzgado penal, a la espera de nuevos elementos o de la prescripción de la acción penal, por haber manifesado el denunciante que fue algo pasajero y que no desea proseguir con la acción - se aplicó principio de oportunidad -.
Si inicio un divorcio contencioso, primer vía que analizo, debería argumentar injurias graves con motivo de la denuncia penal que le hizo el marido. Esto puede volverse contra mi clienta conforme se active la causa penal y lo que se pruebe al respecto, y con ello la tendría culpable del divorcio y con una causa penal a sus espaldas (es lo que veo de máxima), no obstante conseguiría lo que ella quiere - que cese la ganancialidad de los bienes de ahora en más ya que su condición laboral a mejorado sustancialmente, lo que ocurriría dictada la sentencia de divorcio con efecto retroactivo a la fecha de notificación del traslado de la demanda -.
Otra vía posible más conservadora es comenzar a dejar consancias de la separación de hecho y esperar los plazos para el 204 o el 214 inc 2, pero no obstante ello aún cuando lo intente por una causal objetiva, por el 1306 inc 3, siempre va a estar expuesta a que el cónyuge alegue y pruebe no haber dado causa (su inociencia) a la separación de hecho, por ejemplo, volcando a su favor la denuncia penal o por la prueba que ofrezca y produzca -y si se declara culpable del divorcio a mi clienta los bienes que ella adquiera después de la separación de hecho los va a tener que compartir con él.
Bueno, ella necesita evitar la ganancialidad de los bienes de ahora en más, no hay inconvenientes con los bienes habidos en el matrimonio hasta el presente.
Espero opiniones, muchas gracias
Si inicio un divorcio contencioso, primer vía que analizo, debería argumentar injurias graves con motivo de la denuncia penal que le hizo el marido. Esto puede volverse contra mi clienta conforme se active la causa penal y lo que se pruebe al respecto, y con ello la tendría culpable del divorcio y con una causa penal a sus espaldas (es lo que veo de máxima), no obstante conseguiría lo que ella quiere - que cese la ganancialidad de los bienes de ahora en más ya que su condición laboral a mejorado sustancialmente, lo que ocurriría dictada la sentencia de divorcio con efecto retroactivo a la fecha de notificación del traslado de la demanda -.
Otra vía posible más conservadora es comenzar a dejar consancias de la separación de hecho y esperar los plazos para el 204 o el 214 inc 2, pero no obstante ello aún cuando lo intente por una causal objetiva, por el 1306 inc 3, siempre va a estar expuesta a que el cónyuge alegue y pruebe no haber dado causa (su inociencia) a la separación de hecho, por ejemplo, volcando a su favor la denuncia penal o por la prueba que ofrezca y produzca -y si se declara culpable del divorcio a mi clienta los bienes que ella adquiera después de la separación de hecho los va a tener que compartir con él.
Bueno, ella necesita evitar la ganancialidad de los bienes de ahora en más, no hay inconvenientes con los bienes habidos en el matrimonio hasta el presente.
Espero opiniones, muchas gracias