Cúmplase con el art. 3º de la ley 7.205 y con los arts. 24 y 25 de la ley 10.205.-
Atento lo dispuesto por el art. 724 del C.P.C.C., T.O. ley 11.511, líbrese oficio al Registro de Testamentos del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, organismo que deberá informar sobre la existencia de testamento u otra disposición de última voluntad otorgada por el causante y en caso afirmativo, para que se proceda a la remisión establecida por el mencionado artículo.- Agréguese, tiénese presente y dése por cumplido con el art. 3º de la ley 8480 y con el art. 13 de la ley 6716 (t.o. Ley. 10268).-
Ahora la 7205 la ingrese cdo inicie, pero me la requieren de nuevo, tal vez haya un error, ahora esa la diligencia el juzgado?, las otras ya las complete y las llevo a una gestoría en Capital donde me la diligencian, pero mi duda es la dirección que te piden en la planilla 10205, pongo la dirección de la gestoría, para que la contesten ahí?? Y la que va al colegio de escribamos no va dirección asi que la dejo asi en la gestoría….y los edictos de eso no tengo idea….!!!! Si hay alguien de La Matanza que me oriente!!! Graciasssssss
