Elevan a juicio causa contra abogados y médicos acusados de estafar a una ART
La Cámara de Acusación de Córdoba rechazó las nulidades planteadas por un grupo de imputados en el proceso penal iniciado por supuestas estafas a la aseguradora de riesgos del trabajo Provincia ART y, como consecuencia, confirmó la resolución del Juzgado de Control Nº 7, que ratificaba la elevación a juicio de la causa. Previo sorteo informático de la causa, el expediente fue remitido a la Cámara 9ª del Crimen para la realización del juicio oral y público.
En su resolución, la Cámara de Acusación descartó que la Justicia Federal sea competente para entender en estos hechos, puesto que la investigación gira en torno a la presunta comisión de delitos cometidos en contra de un particular (la aseguradora). “No existe ninguna constancia que demuestre que los importes oportunamente abonados por Provincia ART hayan sido repetidos del Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (F.F.E.P.), administrado por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), expresa el fallo.
“Con fundamento en ello, surge claramente que la víctima del delito no sería otra que Provincia ART (…). Del análisis de los arts. 116 y 75, inciso 12 de la C.N. y de la Ley 48 no surge ningún elemento para afirmar la jurisdicción federal en la presente investigación”, agrega.
http://www.justiciacordoba.gob.ar/justi ... spx?id=282
Saludos
La Cámara de Acusación de Córdoba rechazó las nulidades planteadas por un grupo de imputados en el proceso penal iniciado por supuestas estafas a la aseguradora de riesgos del trabajo Provincia ART y, como consecuencia, confirmó la resolución del Juzgado de Control Nº 7, que ratificaba la elevación a juicio de la causa. Previo sorteo informático de la causa, el expediente fue remitido a la Cámara 9ª del Crimen para la realización del juicio oral y público.
En su resolución, la Cámara de Acusación descartó que la Justicia Federal sea competente para entender en estos hechos, puesto que la investigación gira en torno a la presunta comisión de delitos cometidos en contra de un particular (la aseguradora). “No existe ninguna constancia que demuestre que los importes oportunamente abonados por Provincia ART hayan sido repetidos del Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (F.F.E.P.), administrado por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), expresa el fallo.
“Con fundamento en ello, surge claramente que la víctima del delito no sería otra que Provincia ART (…). Del análisis de los arts. 116 y 75, inciso 12 de la C.N. y de la Ley 48 no surge ningún elemento para afirmar la jurisdicción federal en la presente investigación”, agrega.
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