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  • reivindicacion demandado fallecido

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 #1000994  por meliza99
 
Tengo un juicio de reivindicación con el demandado fallecido, de lo cual me entero al correr tralado de la demanda, ya que eso se le informa al notificador. El juzgado me indica mandar nueva cédula la cual fue dirigida a la presunta viuda del demandado intimandose a que denuncie presuntos herederos y donde tramitación el sucesorio, nadie respondió, tengo información certera brindada por receptoria y juicios universales. De que nunca se inicio el sucesorio. Mi pregunta es y agradezco ualquier opion, al no presentarse los presuntos herederos ante la intimacion cursada, no debería considerarse falta de interés y declararse rebeldes x el art.59?, alguien me dijo que al no responder tengo que iniciar la sucesión, pero no me parece algo lógico. Ustedes que opinan?
 #1001149  por andresxeneizes
 
el demandado es el fallecido, no los herederos ni la esposa, pregunto hiciste constatacion antes de iniciar la reivindicacion?
tecnicamente el traslado de demanda ya esta corrido, por ende tendrias que seguir la demanda contra los herederos, pero tambien cabe la posibilidad que los que viven alli no sean todos herederos, por ende en la sentencia no estaria incluido para reivindicar.
tambien ponele esta viviendo solo la mujer, entonces para que demandar a los hijos?
es un tema dificil, yo creo que para mejor seguridad habria que saber primero quienes viven en el inmueble para saber que hacer, yo pediria en el expte a ver si atento lo sucedido te libran un mandamiento de constatacion para verificar quienes son los ocupantes del inmueble
 #1001220  por meliza99
 
Gracias por responder. El demandado fallecido es uno de los codema pero nunca ocupo el inmueble a reivindicar, lo demando porque por contrato dio en comodato el inmueble a otras dos personas que si ocupan el inmueble.
 #1001282  por alejandrofal
 
hola!!! a mi me paso lo mismo, en varias ocasiones y lo que hice fue, acreditar que el demandado esta fallecido (acta de defuncion) y solicite que se libre oficio al registro de juicio universales a los fines que informe si se ha iniciado juicio sucesorio del demandado, en el caso que te conteste que no hay juicio sucesorio abierto, no conoces a los presuntos herederos por ende solicitas que se publiquen edictos... en el caso que te diga que hay abierto sucesion se notifica a dicha sucesion... una ves publicado edictos y vencido plazo, y no habiendo comparecido interesado alguno, pedis intervencion de la DEFENSORA y continuna juicio.
Que tiene que ver contrato de comodato?? no vaya ser cosa que tu cliente no tenga posesion sino tenencia, en ese caso no se puede iniciar juicio por reivindicacion.
 #1002466  por alejandrofal
 
al no presentarse interesado alguno, debe intervenir el defensor de ausentes.... no lo digas que el titular le dio a los actuales ocupantes un contrato de comodato, por que en ese caso no estan ejerciendo la posesion, sino la tenencia, ojo con eso!!!