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  • problema del sueldo que figura en recibo

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 #1003017  por justiciasinfin
 
Cuál es la situación en un caso donde se paga una parte en negro y otra en blanco el sueldo del trabajador, siendo que éste -tanto en el original como en el duplicado del recibo (en particular, en lo que concierne a la firma de él en el recibo que le queda al empleador), figura una remuneración menor a la real?.-
Planteo esto porque una vez leí (si no recuerdo mal) un fallo que decía que el reconocimiento en los recibos que firma el trabajador al empleador sobre un determinado monto de sueldo implica que el firmante no lo pueda impugnar por otros medios de prueba porque iría contra sus propios actos.-
Por ahí es un horror lo dicho anteriormente, pero verdaderamente no me queda claro el problema en relación con un reclamo por empleo parcialmente no registrado en orden al art. 10 de ley 24013.-
Entiéndase que el empleador cumple con toda la documentación registral de la que habla este artículo (y también que los aportes que se ingresan con destino a la Seg. Soc. son efectivamente cumplidos por el empleador, aunque sobre la base de la parte en blanco de las remuneraciones, etc) .-
 #1003066  por fernando1983
 
Estimado:
Me parece muy extraño que haya un fallo de ese calibre... quedó firme? tenés idea cuál es?
Igualmente si llegara a existir es un fallo solo contra todo el resto de jurisprudencia, legislación y doctrina, no te hagas problema. No se puede considerar un reconocimiento del trabajador ya que está en una situación desventajosa y además no puede renunciar a sus derechos laborales.
Si tu cliente está de acuerdo (y digo esto porque obviamente que si iniciás intercambio es muy probable que termine en conflicto laboral), intimá en los términos de la 24013, y no olvides remitir copia a la afip, conforme artículo 11.
Saludos,
 #1003128  por eltam88
 
EN LABORAL RIGE EL PPIO PRIMACÍA DE LA REALIDAD. HACELE CASO A QUIÉN ME PRECEDE Y SI TU CLIENTE QUIERE EXIGÍ QUE LO REGISTREN COMO CORRESPONDE.
 #1003139  por andresxeneizes
 
Planteo esto porque una vez leí (si no recuerdo mal) un fallo que decía que el reconocimiento en los recibos que firma el trabajador al empleador sobre un determinado monto de sueldo implica que el firmante no lo pueda impugnar por otros medios de prueba porque iría contra sus propios actos.-
el fallo quizas dice que si firma por tanta plata no puede decir que ganaba menos despues y reclamar las diferencias salariales, pero no creo que diga que el firmar el recibo de sueldo significa que no cobra nada en negro, porque justamente lo que se cobra en negro no va a estar registrado en un recibo de sueldo
 #1012893  por panchixx
 
que tal colegas. hace poco me recibi (aclaro por si pregunto alguna estupidez). tengo un caso en el que mi cliente trabaja en un restaurant, de mozo. la relacion esta registrada, pero como media jornada. o sea, trabaja jornada completa pero le pagan media jornada. la pregunta es: sobre que base calculo las diferencias salariales? sobre el bruto que le corresponde por cct o sobre el neto? como nunca le hicieron aportes yo calcule el bruto sobre el neto que percibia. agradezco las respuestas. saludos
 #1013126  por andresxeneizes
 
yo siempre la calculo por el bruto, en todo caso que haga los aportes que correspondan y paguen el neto pero sino hacen los aportes, que es lo que va a terminar pasando, lo mas probable es que lo condenen por el bruto