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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1003158  por natysol
 
buenos dias. les consulto xq este es mi primer juicio laboral. Es en provincia de Bs As. pedi prueba anticipada para correo argentino, para verificar la autenticidad de las CD acompañadas y en el primer proveido se me ordena el libramiento del oficio.
Mi consulta es a que direccion lo dirijo? acompaño copias? solo las CD de la parte actora o las de la demandada tambien? el oficio queda a confronte?
y si alguien tiene un modelo se lo agradecere
 #1003169  por eltam88
 
DEPENDE LO QUE PEDISTE, SI PEDISTE DE LOS TCL VA SOLO DE ESO, SI PEDISTE DE LAS CD DE LA DEMANDADA TAMBIÉN HACELAS.
ENTIENDO QUE LA SEDE PUEDE SER CUALQUIERA.
MODELO, ES IGUAL QUE CUALQUIERA, LE DEBÉS TRANSCRIBIR EL AUTO ORDENATORIO Y POR SUPUESTO EL INFORME QUE REQUERÍS. SE ADJUNTAN LOS TCL Y CD
 #1003273  por eltam88
 
O F I C I O
, de junio 2013
CORREO OFICIAL DE
LA REPUBLICA
AREGNTINA S.A.
S_____/_____D
Tengo el agrado de dirigirme a Usted en los autos caratulados: .... en trámite por ante el Tribunal del Trabajo ..., Secretaría Única, del Departamento Judicial de ...., con sede en calle....de la ciudad de..., a efectos de solicitarle por la vía que corresponda se sirva informar: 1. Si los telegramas y cartas documentos que se adjuntan con el presente son auténticos; 2. Informe remitente, destinatario, fecha de emisión y recepción.
El auto que ordena la presente medida dice: ....,
ARTICULO 396: Recaudos y plazos para la contestación. Las oficinas públicas no podrán establecer recaudos o requisitos para los oficios sin previa aprobación por el Poder Ejecutivo, ni otros aranceles que los que determinen las leyes, decretos u ordenanzas. Deberán contestar el pedido de informes o remitir el expediente dentro de 20 días hábiles y las entidades privadas dentro de 10, salvo que la providencia que lo haya ordenado hubiere fijado otro plazo en razón de la naturaleza del juicio o de circunstancias especiales.
ARTICULO 397: RETARDO. Si por circunstancias atendibles el requerimiento no pudiere ser cumplido dentro del plazo, se deberá informar al Juzgado, antes del vencimiento de aquél, sobre las causas y la fecha en que se cumplirá. Si el Juez advirtiere que determinada repartición pública, sin causa justificada, no cumple reiteradamente el deber de contestar oportunamente los informes, deberá poner el hecho en conocimiento del Ministerio de Gobierno y Justicia, a los efectos que correspondan, sin perjuicio de las otras medidas a que hubiere lugar. A las entidades privadas que sin causa justificada no contestaren oportunamente, se les impondrá multa de veinticinco pesos ($25) por cada día de retardo. La apelación que se dedujere contra la respectiva resolución tramitará en expediente por separado.
ARTICULO 22.- Los trabajadores o sus derecho-habientes gozarán del beneficio de gratuidad. La expedición de testimonios, certificados, legalizaciones o informes en cualquier oficina pública será gratuita. En ningún caso les será exigida caución real o personal para el pago de costas, gastos u honorarios o para la responsabilidad por medidas cautelares. Sólo darán caución juratoria de pagar si mejorasen de fortuna.
Saludo a ud. muy atte
 #1003304  por luc929
 
Es tal cual te dice Eltam... ahora bien, ¿Por alguna razon en particular pedis prueba anticipada al correo? nunca se me ocurrio, salvo que este por vencer el plazo que tienen para guardar los correos, pero me parece que son de 3 años y 5 las cd aunque no recuerdo....
 #1004279  por natysol
 
muchas gracias por la ayuda. Pude confeccionarlo, presentyarlo en el Tribunal y ya esta siendo diligenciado.
Pedi prueba anticipada xq ya paso un año desde el despido, y depende lo que tarde en notificar a la otra parte y todo el proceso, no queria correr riesgo de llegar a la apertura a prueba y perder la documental. Por lo que tengo entendido, el correo solo archiva las CD por 3 años
 #1004292  por eltam88
 
Hoy está todo informatizado, vos llevas al correo la CD y ellos en la compu se fijan si consta o no, eso es lo que te informan.