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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1012744  por carito1981
 
Hola, les cuento que soy abogada por parte de la actora en un a causa de alimentos en Pcia de Bs As. Le fijaron alimentos provisorios, previo a cualquier embargo, hay que abrir cuenta en Banco Provincia. Les cuento que me recibí hace unos cuantos años, pero estuve un tiempo dedicandome a otra cosa, y recién ahora estoy ejerciendo la profesión. El asunto es que, confeccioné oficio y cuando voy a presentarlo al Tribunal, me dicen "No, Dra. la cuenta la abrimos nosotros, tiene que venir su cliente con el DNI, ud. solo tiene que hacer el oficio de percepción directa". Hoy va mi cliente, y le dicen que el tramite lo tengo que hacer yo (con alguna salvedad que mi cliente dice no recordar). Por favor, algún colega avezado que me esclarezca cómo es exactamente el procedimiento para abrir la cuenta.

Muchas gracias, espero con ansias sus respuestas!!!!!
 #1012757  por santiheladero
 
Tiene que ir tu clienta con el oficio que vos confeccionas y con su dni y lo firma en el tribunal par aque le certifiquen la firma. Busca modelo que aca ahi.
 #1012830  por carito1981
 
Otra pregunta, el oficio es el de apertura de cuenta?, porque el de percepción directa se presenta cuando hay fondos en la cuenta verdad??