Hola a todos y desde ya, muchas gracias por su ayuda.
Inicié un divorcio por la causal prevista en el art. 214 inc. 2do. del CC. Junto con el escrito de inicio, presente el convenio de partición de bienes de la sociedad conyugal. Ya salió la sentencia de divorcio, en la cual el Juzgado decretó el divorcio, declaró disuelta la sociedad conyugal, pero no homologó ni se refirió al convenio.
¿Cuales son los siguientes pasos procesales que debería seguir? De acuerdo a lo que investigué, debería:
Se que debo confrontar y diligenciar el oficio al Registro para la inscripción marginal del divorcio y solicitar la homologación del convenio.
Mi duda es respecto al trámite de inscripción de los bienes y los requisitos que me solicitarán.
Los bienes gananciales comprenden un inmueble, automóviles y acciones.
Desde ya, muchas gracias!
Inicié un divorcio por la causal prevista en el art. 214 inc. 2do. del CC. Junto con el escrito de inicio, presente el convenio de partición de bienes de la sociedad conyugal. Ya salió la sentencia de divorcio, en la cual el Juzgado decretó el divorcio, declaró disuelta la sociedad conyugal, pero no homologó ni se refirió al convenio.
¿Cuales son los siguientes pasos procesales que debería seguir? De acuerdo a lo que investigué, debería:
Se que debo confrontar y diligenciar el oficio al Registro para la inscripción marginal del divorcio y solicitar la homologación del convenio.
Mi duda es respecto al trámite de inscripción de los bienes y los requisitos que me solicitarán.
Los bienes gananciales comprenden un inmueble, automóviles y acciones.
Desde ya, muchas gracias!