Estimados colegas, tengo la siguiente duda, debo iniciar una acción por falta de pago de facturas comerciales, tengo entendido que como excepción se puede iniciar en CABA la vía ejecutiva para perseguir el pago de facturas impagas, si alguien me puede confirmar este dato y que jurisprudencia se cita se lo agradeceré muchísimo, si no es viable la vía ejecutiva supongo que debe iniciarse por "cobro de sumas de dinero", no?
Desde ya les agradeceré a todos aquellos que me proporciones información
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