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  • DESPIDO CON CAUSA ENCARGADO EDIFICIO

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1016572  por Pachita
 
Hola foristas

Tengo un caso en el cual mis clientes son los consorcistas de un edificio. El tema es el siguiente el portero se fue de vacaciones y el hijo (menor de 17 años) de la concubina de este ingreso al edificio (no tenia llaves) una vecina le permitió pasar a través de una mentira del menor, ingresando además con varios amigos. Quiero aclaro que el menor vive en la vivienda de porteria.

Ingresan a la vivienda del portero forzando la entrada y arman una fiesta provocando destrozos en la vivienda.

Por lo que leí podría ser despedido con causa alegando que dentro de las obligaciones del encargado no solo se limitan a las tareas vinculadas a la limpieza y mantenimiento del edificio, sino que comprenden también la seguridad mínima de las partes comunes y en ese sentido y de acuerdo al art. 5 inc. d) de la ley 12981 el portero es responsable por los daños causados en los intereses del principal por dolo o culpa grave del empleado o incumplimiento reiterado de las demás obligaciones establecidas en el artículo 4º de esta ley.

Lo ven posible?

De ser admisible justa causa la indemnización seria Sueldo Anual Complementario (Aguinaldo) proporcional al tiempo del semestre trabajado, que es remunerativo, y vacaciones no gozadas?
 #1016654  por andresxeneizes
 
disiento con la opinion.

cual seria la falta atribuible al portero?

por un lado el portero no le dio las llaves al menor, no solo eso sino que el portero no lo deja entrar al menor sino que el que tiene la culpa es un consorcista, que no es ni mas ni menos una de las personas que forman parte del consorcio empleador.

ademas ni siquiera tenia las llaves del depto, y entran por la fuerza al depto.

pregunto si los que entraban en lugar del hijo eran delincuentes, cual seria la respuesta a la pregunta?

y aca fueron criminales los que entraron, porque entraron por medio de un ardid al edificio y forzando la puerta al depto, que los criminales sean conocidos por el portero en nada hace que el portero sea responsable por algo que no autorizo.

y mas aun en este caso donde el portero mismo fue perjudicado porque le rompieron la casa.

y volviendo a quien le abrio la puerta de calle, el que permitio todo esto fue un consorcista, es decir una persona de la parte empleadora, por lo que incluso podria pensar el portero que si lo rajan por culpa de un consorcista, le hicieron un mobbing
 #1016780  por gusgus
 
andresxeneizes escribió:disiento con la opinion.

cual seria la falta atribuible al portero?

por un lado el portero no le dio las llaves al menor, no solo eso sino que el portero no lo deja entrar al menor sino que el que tiene la culpa es un consorcista, que no es ni mas ni menos una de las personas que forman parte del consorcio empleador.

ademas ni siquiera tenia las llaves del depto, y entran por la fuerza al depto.

pregunto si los que entraban en lugar del hijo eran delincuentes, cual seria la respuesta a la pregunta?

y aca fueron criminales los que entraron, porque entraron por medio de un ardid al edificio y forzando la puerta al depto, que los criminales sean conocidos por el portero en nada hace que el portero sea responsable por algo que no autorizo.

y mas aun en este caso donde el portero mismo fue perjudicado porque le rompieron la casa.

y volviendo a quien le abrio la puerta de calle, el que permitio todo esto fue un consorcista, es decir una persona de la parte empleadora, por lo que incluso podria pensar el portero que si lo rajan por culpa de un consorcista, le hicieron un mobbing
genialllll!!!!