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  • RECUPERACION DE VEHICULO AUTOMOTOR!!!

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 #1016682  por sebayz
 
BUEN DIA ESTIMADOS!! ALGUIEN ME TIRA UNA LINEA PUEDE SER? ME LLEGA UNA CLIENTE Y ME COMENTA QUE SU PAREJA SE QUEDO CON SU VEHICULO Y NO PUEDE HACER QUE SE LO DEVUELVA, ESTO YA HACE BASTANTE. ELLA ES LA TITULAR ANTE EL REGISTRO Y SOLO VIVIERON EN CONCUBINATO, NO TENIENDO INJERENCIA ALGUNA EN LA COMPRA DE ESTE VEHICULO. MI PREGUNTA ES: QUE ME SUGIEREN? VIA CIVIL, PENAL, EXTRAJUD INTIMANDO?? GRACIAS COLEGAS, SALUDOS
 #1016939  por tomo
 
Estimado: no coincido con el colega referente a la denuncia policial; NO hay delito, ya que por lo que Ud. narra que textualmente dice "AL NO DEVOLVÉRSELA", está manifestando que el vehículo no fue sustraído, sino que se lo prestó, es decir que no hay apoderamiento ilegítimo con el ánimo de sustraerlo y considerarse dueño, y mucho menos el delito de ROBO, ya que no existió violencia ¿o sí....?; yo creo que debería presentar una acción de reivindicación con medida cautelar de secuestro del automotor y se oficie al Reg. de la Prop. Aut. como anotación de litis a fin de resguardarse por algún accidente.- Saludos.
 #1016954  por tomo
 
Es el camino que mas correcto me parece; Ej. que pasa si el concubino prueba con testigos y otras pruebas como ticket de peaje y boleta de un hotel donde ambos fueron a pasear que el conducía el vehículo en compañía de la mujer? que entraba y salía del domicilio que ambos habitaban con el citado vehículo?,ni que hablar si tiene la Tarjeta (tarjeta azul) que lo autoriza a conducir ese vehículo,o alguna foto donde se lo ven a ambos en el vehículo, etc., estaría probando que no se lo hurtó, y mucho menos que se lo robó; si el concubino logra probar esto, que creo que le sería muy fácil, la mujer deberá enfrentar un proceso por "falsa denuncia", y una posible querella en su contra por parte del concubino por transgredir el art. 109 del C.P. "Calumnia".- Creo que lo mejor es no forzar la realidad y seguir el camino legal.-Saludos.
 #1017112  por ccolalongo
 
Primero creo que me fijaría en el valor del auto y en la documentación que pueda llegar a tener el ex concubino y recién después intimar fehacientemente la devolución. Según lo que ocurra ver como seguir, lo de plantear con testigos que no se lo robó o hurtó no digo que no pueda funcionar pero no creo que por un auto que encima no es el titular registral un ex haga tanto. Y si tiene cédulas azules si puede ir al registro y anularlas.
 #1017121  por tomo
 
ccolalongo escribió:Primero creo que me fijaría en el valor del auto y en la documentación que pueda llegar a tener el ex concubino y recién después intimar fehacientemente la devolución. Según lo que ocurra ver como seguir, lo de plantear con testigos que no se lo robó o hurtó no digo que no pueda funcionar pero no creo que por un auto que encima no es el titular registral un ex haga tanto. Y si tiene cédulas azules si puede ir al registro y anularlas.
NO,NO,NO,ccolalongo, Ud. es quien aconsejó realizar una denuncia por ROBO, y antes de tal consejo, hay que ir más allá y ver las consecuencias que tal consejo puede acarrear a fin de no perjudicar al cliente; si uno con suma prudencia antes de aconsejar denunciar un delito que no existe, mira que puede hacer la contraria, entonces verá que tal consejo es un riesgo para la clienta que le puede resultar muy grave.- Yo solamente di algunos de los pocos ejemplos que el concubino puede presentar como prueba, NO para como Ud. dice "hacer o lograr algo de un vehículo que no es titular", sino para demostrar su inocencia con respecto al delito que Ud. aconseja imputarle.- Saludos.
 #1017127  por ccolalongo
 
Yo personalmente si haría una denuncia por robo (si el auto fuera mío) ni me metería en abuso de confianza, ya que por la vía civil ratifico que cuando intente correr traslado el auto ya dejó de existir y después no lo recupera nunca más. Cada uno sabe los riesgos que corre tanto de hacer una denuncia como de interponer una acción civil siempre se puede perder.
tomo escribió:
ccolalongo escribió:Primero creo que me fijaría en el valor del auto y en la documentación que pueda llegar a tener el ex concubino y recién después intimar fehacientemente la devolución. Según lo que ocurra ver como seguir, lo de plantear con testigos que no se lo robó o hurtó no digo que no pueda funcionar pero no creo que por un auto que encima no es el titular registral un ex haga tanto. Y si tiene cédulas azules si puede ir al registro y anularlas.
NO,NO,NO,ccolalongo, Ud. es quien aconsejó realizar una denuncia por ROBO, y antes de tal consejo, hay que ir más allá y ver las consecuencias que tal consejo puede acarrear a fin de no perjudicar al cliente; si uno con suma prudencia antes de aconsejar denunciar un delito que no existe, mira que puede hacer la contraria, entonces verá que tal consejo es un riesgo para la clienta que le puede resultar muy grave.- Yo solamente di algunos de los pocos ejemplos que el concubino puede presentar como prueba, NO para como Ud. dice "hacer o lograr algo de un vehículo que no es titular", sino para demostrar su inocencia con respecto al delito que Ud. aconseja imputarle.- Saludos.
 #1017471  por CHAPU
 
la denuncia por HURTO O ROBO es viable y le pongo una ficha..en una semana o dos tenes el vehiculo. Sino una accion civil con UNA cautelar, SECUESTRO o deposito, lo que el Juez diga. Pero inaudita parte y tambien es rapido..Ya, antes que se entere..Aca hay MALA FE a la vista..como no devuelve lo que no es suyo..Seguro que se lo pidio..
 #1017570  por ccolalongo
 
Personalmente (si el auto es mío) no lo pienso ni un segundo antes que con ese auto (que está a mi nombre y soy responsable) puedan MATAR a alguién en la calle o hacer cualquier otra cosa sin dudas que lo denuncio por robo, después que pruebe que fue una falsa denuncia, que se lo presté o lo que sea; que eventualmente a alguién le preste mi auto no significa que puede disponer de el todo lo que quiera, además de que para circular hay requisitos especiales cuando no es el auto de uno. Es el mal menor una posible falsa denuncia (que como todo hay que probarlo) que atropellen, maten o hasta abandonen con ese auto. Como todo hay opiniones.
 #1019317  por tomo
 
ccolalongo escribió:Personalmente (si el auto es mío) no lo pienso ni un segundo antes que con ese auto (que está a mi nombre y soy responsable) puedan MATAR a alguién en la calle o hacer cualquier otra cosa sin dudas que lo denuncio por robo, después que pruebe que fue una falsa denuncia, que se lo presté o lo que sea; que eventualmente a alguién le preste mi auto no significa que puede disponer de el todo lo que quiera, además de que para circular hay requisitos especiales cuando no es el auto de uno. Es el mal menor una posible falsa denuncia (que como todo hay que probarlo) que atropellen, maten o hasta abandonen con ese auto. Como todo hay opiniones.
POR DIOS!!!QUE CLASE DE CONSEJOS DAN!!!!!!POBRE EL CLIENTE QUE CAIGA EN SUS MANOS!!!!!, me imagino el siguiente caso y el consejo de Uds.: "Doctor, me fui de vacaciones por espacio de 30 días, y cuando regresé me encuentro con mi casa ocupada por extraños, que debo hacer?, - respuesta del "Dr." - Mirá fierita, contratate dos o tres gorutas, andá a tu casa molelos a palos y sacalos, porque si vas a la justicia, el proceso es re-lento, y cuando recuperes tu casa la tenés hecha mier.....".- Saludos, y huyo despavorido porque para mi este caso está cerrado.-
 #1019410  por ccolalongo
 
Opiniones privadas sobre mi persona hacelas por privado. Y de los casos que nombras tengo dos, una reinvindicación que estoy por la vía legal y justamente llevo años de trámite (hasta ahora sin resultados); y sobre el caso del vehículo la semana pasada a un cliente una concubina furiosa atropelló a uno de sus empleados -encima con el registro vencido- y ¿qué hizo la compañía de seguros al no estar denunciado por robo y haber planteado ésta cuestión del "préstamo"? directamente dijo "no pago nada" y ahora el embestido tiene que ir contra el titular registral.

En ambos casos que nombras la teoría es muy bonita, pero la práctica muchas veces difiere de la realidad y no es lo mismo la ocupación de un inmueble que el uso de un auto con el que te reitero pueden matar a alguién. Todavía vivimos en democracia y libertad y dentro de un marco de respeto y tolerancia cada uno opina como mejor le parece.
tomo escribió:
ccolalongo escribió:Personalmente (si el auto es mío) no lo pienso ni un segundo antes que con ese auto (que está a mi nombre y soy responsable) puedan MATAR a alguién en la calle o hacer cualquier otra cosa sin dudas que lo denuncio por robo, después que pruebe que fue una falsa denuncia, que se lo presté o lo que sea; que eventualmente a alguién le preste mi auto no significa que puede disponer de el todo lo que quiera, además de que para circular hay requisitos especiales cuando no es el auto de uno. Es el mal menor una posible falsa denuncia (que como todo hay que probarlo) que atropellen, maten o hasta abandonen con ese auto. Como todo hay opiniones.
POR DIOS!!!QUE CLASE DE CONSEJOS DAN!!!!!!POBRE EL CLIENTE QUE CAIGA EN SUS MANOS!!!!!, me imagino el siguiente caso y el consejo de Uds.: "Doctor, me fui de vacaciones por espacio de 30 días, y cuando regresé me encuentro con mi casa ocupada por extraños, que debo hacer?, - respuesta del "Dr." - Mirá fierita, contratate dos o tres gorutas, andá a tu casa molelos a palos y sacalos, porque si vas a la justicia, el proceso es re-lento, y cuando recuperes tu casa la tenés hecha mier.....".- Saludos, y huyo despavorido porque para mi este caso está cerrado.-
 #1180047  por rgmenis
 
Ya sé que esto es viejo, pero algúno ve viable denunciar en este caso por estafa y defraudación, basado en el artículo 172 inc 2?