Hola colegas, necesito orientación sobre el siguiente caso: un empleado de un edificio (vigilador diurno), se ha jubilado en abril 2013. Los propietarios toman conocimiento de este hecho en enero 2014. Ante la consulta al Presidente del Consejo de Propietarios del edificio, éste les responde que sí estaba al tanto de esto y que el Administrador del Edificio también y que no se están pagando aportes. Pero la realidad es que de acuerdo a lo que puedo observar en las expensas, se está aportando un 11% de aporte jubilatorio, antigûedad de 15 años, 2,55% de obra social, 0.45% de seguro de salud, 3% de Ley 19032, Cuota sindical SUTERH, caja protección familiar, y un 1% de Convenio FATERYH. Lo cierto es que no estoy empapada en el tema y necesitaría para poder orientar a estos clientes, cómo es el tema cuando un empleado se jubila e informa este hecho; cómo se debería haber procedido correctamente en este caso (por parte del administrador y propietarios), si la continuidad laboral debió haber sido votada en asamblea, cómo se procede ahora luego de que esta situación irregular lleva 10 meses. Por otra parte, qué pasa si el consorcio de propietarios decide rescindir este contrato. Por último, que puedo/debo hacer yo como su abogada. Disculpen si la pregunta es muy tonta, pero la verdad es uno de mis primeros casos y me siento perdida. Agradeceré muchísimo vuestros aportes.
NMI escribió:Hola colegas, necesito orientación sobre el siguiente caso: un empleado de un edificio (vigilador diurno), se ha jubilado en abril 2013. Los propietarios toman conocimiento de este hecho en enero 2014. Ante la consulta al Presidente del Consejo de Propietarios del edificio, éste les responde que sí estaba al tanto de esto y que el Administrador del Edificio también y que no se están pagando aportes. Pero la realidad es que de acuerdo a lo que puedo observar en las expensas, se está aportando un 11% de aporte jubilatorio, antigûedad de 15 años, 2,55% de obra social, 0.45% de seguro de salud, 3% de Ley 19032, Cuota sindical SUTERH, caja protección familiar, y un 1% de Convenio FATERYH. Lo cierto es que no estoy empapada en el tema y necesitaría para poder orientar a estos clientes, cómo es el tema cuando un empleado se jubila e informa este hecho; cómo se debería haber procedido correctamente en este caso (por parte del administrador y propietarios), si la continuidad laboral debió haber sido votada en asamblea, cómo se procede ahora luego de que esta situación irregular lleva 10 meses. Por otra parte, qué pasa si el consorcio de propietarios decide rescindir este contrato. Por último, que puedo/debo hacer yo como su abogada. Disculpen si la pregunta es muy tonta, pero la verdad es uno de mis primeros casos y me siento perdida. Agradeceré muchísimo vuestros aportes.Te podemos brindar la misma ayuda que vos le das al foro, ya no sos una novel abogada, seamos solidarios.