Hola, sigo con el tema del divorcio.... les recuerdo como es el asunto: quien serà demandante tiene domicilio en Bs As y la parte demandada tiene domicilio Cordoba (ellos se casaron en Bs As donde vivieron alrededor de 15 años, luego se mudaron a cordoba. La parte demandada mantiene ese domicilio y la parte actora posee domicilio en Bs As desde hace 3 años (solo que el cambio figura en el dni desde hace menos de un año). Mi duda surge porque hablando con un colega, me dijo que la demanda puede interponerse en el juzgado correspondiente al domicilio del lugar donde se celebro el matrimonio...Si lo hacemos asi....lo rechazaran????... Muchas gracias a todos por su ayuda...