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  • DESDE CUANDO COMIENZA A CORRER EL PLAZO???

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 #1017872  por Saimereg
 
Hola colegas, es la primera vez que en un juicio solicito la aplicación de la multa del art. 397 del CPCCBA (por retardo en la contestación de un oficio), y me la concedieron.-
El proveido dice ...RESUELVE: Aplicar a ........... una multa de $...... por cada día de retardo en la contestación del oficio de autos.-
La pregunta es la siguiente: desde cuando se computan los plazos para liquidar la multa? a) desde el día siguiente del vencimiento del plazo para que la institución contestara el oficio reiteratorio, o b) desde que quede firme la resolución que aplica la multa.-
Espero opiniones.- Gracias
 #1017883  por Lptk
 
en mi opinión: A)

la multa se aplica por cada día de retardo, y éste se configuró desde el día siguiente al vencimiento del plazo...

*suerte*