Hola colegas, es la primera vez que en un juicio solicito la aplicación de la multa del art. 397 del CPCCBA (por retardo en la contestación de un oficio), y me la concedieron.-
El proveido dice ...RESUELVE: Aplicar a ........... una multa de $...... por cada día de retardo en la contestación del oficio de autos.-
La pregunta es la siguiente: desde cuando se computan los plazos para liquidar la multa? a) desde el día siguiente del vencimiento del plazo para que la institución contestara el oficio reiteratorio, o b) desde que quede firme la resolución que aplica la multa.-
Espero opiniones.- Gracias
El proveido dice ...RESUELVE: Aplicar a ........... una multa de $...... por cada día de retardo en la contestación del oficio de autos.-
La pregunta es la siguiente: desde cuando se computan los plazos para liquidar la multa? a) desde el día siguiente del vencimiento del plazo para que la institución contestara el oficio reiteratorio, o b) desde que quede firme la resolución que aplica la multa.-
Espero opiniones.- Gracias
