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  • DENUNCIA POR PELEA

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 #967288  por BETH8
 
Hola soy nueva en este foro, pero necesito que me asesoren por un tema del cual estoy un poco perdida. Mi pareja y yo fuimos a reclamar unas facturas que nos debían pagar. La sorpresa fue cuando el deudor después de vacilarnos agredió a mi pareja, y mi pareja también le agredió al otro, Lógicamente después de visitar el medico, fuimos ha hacer la denuncia correspondiente, nos citaron para el juicio y una vez allí se anuló porque faltaban las pruebas del forense del otro chico. Por lo visto el otro chico ha denunciado por lo penal, (esto como puede ser) si el chico no tiene heridas ni nada roto. Tenemos un testigo, no sabemos si a este tipo de juicios hace falta llevarlo, que nos aconsejan?? El otro chico es Guardia Civil, y nos da un poco de miedo que por el echo de tener ver algo con la justicia, mi pareja sea condenada, cuando ademas de debernos dinero nos agrede.
Que podemos hacer en el juicio? que podemos alegar? es la primera vez que nos vemos en un lio de este tipo y no sabemos que hacer.
 #1015627  por german2014
 
Fueron vos y tu pareja al médico legista?
Fueron citados de la comisaría después de la denuncia de uds.? Los citaron por las denuncias de la otra parte?
Es común en nuestro país que el victimario se haga pasar por víctima.

Saludos.
 #1018975  por CHAPU
 
estas denuncias terminan SIEMPRE desestimadas o archivadas. No te preocupe. Ya se cayó o se esta cayendo.
 #1019347  por Mordisco
 
Supongo hubo lesiones recíprocas, y si una de las victimas no tenía un informe médico que determine el carácter de las lesiones, faltaria un elemento objetivo del tipo penal, pero si la otra víctima tenía el informe médico estableciendo el caracter de las lesiones, correspondería la apertura jurisdiccional, a menos que la policía accidentalmente haya omitido preguntarle al denunciante si quería instar la acción, y como el delito de lesiones leves es una acción dependiente de instancia privada, el ministerio público considera que no se removido el obstáculo legal de la instancia, en virtud de los cual correspondería desestimar la denuncia y archivas las actuaciones.

Aunque tb existe otra postura que considera que el hecho de anoticiar el evento (denuncia) de por sí remueve le obstáculo de la instancia privada, y que la denuncia de un delito de instancia privada no debe estar afectada de un fórmula sacramental