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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1020091  por noahnoa
 
Mi clienta es viuda, su marido fallecio en enero de 2010, con 60años de edad, estaba inscripto en autónomos pero 01/96 al 02/2007 sale deuda. El tiene algunos aportes, lo cierto es que comprando moratoria recien puedo hacerlo desde noviembre de 1967 hasta 09/93 , compro 25 años 11 meses, más lo que tiene aportado como autonomo y relacicón de dependencia llego a 29 años y 5 meses. No completo los 30 años. puedo igual invocar el art. 1 ley 25321, al periodo 96 al 2007 para poder pensionarla? porque segun la ley es solo cumpliendo el requisito de años de aportes , osea 30 años. o en su caso el decreto 526/95 ? pero éste no es para deudas de sumas menores? gracias.
 #1020095  por MARIO1943
 
noahnoa escribió:Mi clienta es viuda, su marido fallecio en enero de 2010, con 60años de edad, estaba inscripto en autónomos pero 01/96 al 02/2007 sale deuda. El tiene algunos aportes, lo cierto es que comprando moratoria recien puedo hacerlo desde noviembre de 1967 hasta 09/93 , compro 25 años 11 meses, más lo que tiene aportado como autonomo y relacicón de dependencia llego a 29 años y 5 meses. No completo los 30 años. puedo igual invocar el art. 1 ley 25321, al periodo 96 al 2007 para poder pensionarla? porque segun la ley es solo cumpliendo el requisito de años de aportes , osea 30 años. o en su caso el decreto 526/95 ? pero éste no es para deudas de sumas menores? gracias.
1) FIJATE SI EN LOS ULTIMOS 60 MESES ANTERIOR A SU FALLECIMIENTO REUNE 12 MESES, DE SER ASI HACES LA MORATORIA HASTA COMPLETAR LOS 15 ANOS
2) SI TE ESTAN FALTANDO 7 MESES, PORQUE VAS A RENUNCIAR LOS PERIODOS
3) EL DECRETO SE APLICA SI VAS POR LOS POR LOS 12 MESE S O 18 MESES, PARA LLEGAR A 30 VA LA RENUNCIA
 #1020107  por noahnoa
 
muchisimas gracias Mario. por suerte si, tiene justo 12 meses!!! compro moratoria hasta los 15, y aplico el decreto entonces. muy instructiva tu ayuda!!!
 #1020124  por MARIO1943
 
noahnoa escribió:de todas formas, la aplicación del decreto se pide en el turno, verdad?
LO PONES EN LA PLANILLA D E SOLICITUDES PREVISIONALES, DONDE PONES LAS EMPRESAS DESDE ... HASTA... , HACES LOS CORTES DONDE VAS APLICAR EL DECRETO Y SACAS UN LLAMADA Y LO PONES EN OBSERVACIONES