Mi clienta es viuda, su marido fallecio en enero de 2010, con 60años de edad, estaba inscripto en autónomos pero 01/96 al 02/2007 sale deuda. El tiene algunos aportes, lo cierto es que comprando moratoria recien puedo hacerlo desde noviembre de 1967 hasta 09/93 , compro 25 años 11 meses, más lo que tiene aportado como autonomo y relacicón de dependencia llego a 29 años y 5 meses. No completo los 30 años. puedo igual invocar el art. 1 ley 25321, al periodo 96 al 2007 para poder pensionarla? porque segun la ley es solo cumpliendo el requisito de años de aportes , osea 30 años. o en su caso el decreto 526/95 ? pero éste no es para deudas de sumas menores? gracias.
noahnoa escribió:Mi clienta es viuda, su marido fallecio en enero de 2010, con 60años de edad, estaba inscripto en autónomos pero 01/96 al 02/2007 sale deuda. El tiene algunos aportes, lo cierto es que comprando moratoria recien puedo hacerlo desde noviembre de 1967 hasta 09/93 , compro 25 años 11 meses, más lo que tiene aportado como autonomo y relacicón de dependencia llego a 29 años y 5 meses. No completo los 30 años. puedo igual invocar el art. 1 ley 25321, al periodo 96 al 2007 para poder pensionarla? porque segun la ley es solo cumpliendo el requisito de años de aportes , osea 30 años. o en su caso el decreto 526/95 ? pero éste no es para deudas de sumas menores? gracias.1) FIJATE SI EN LOS ULTIMOS 60 MESES ANTERIOR A SU FALLECIMIENTO REUNE 12 MESES, DE SER ASI HACES LA MORATORIA HASTA COMPLETAR LOS 15 ANOS
2) SI TE ESTAN FALTANDO 7 MESES, PORQUE VAS A RENUNCIAR LOS PERIODOS
3) EL DECRETO SE APLICA SI VAS POR LOS POR LOS 12 MESE S O 18 MESES, PARA LLEGAR A 30 VA LA RENUNCIA