Hola a todos, les recuerdo mi caso y pregunto nuevamente:
Mi cliente trabaja como chofer de reparto actualmente, tiene 60 años y en septiembre del 2010 la empresa lo intimo mediante cd a que se jubile (ya q a partir de los 55 años con 25 años de aportes puede acceder al beneficio). Yo inicie en febrero la jubilación con certificación de servicio, pero salio denegada. Voy a presentar un recurso ya q los años trabajados antes del 94 aunque no figuraba en el Sipa el serv diferencial, me los dieron como privilegiados, luego desde 07/94 a la fecha como comunes.
Mi pregunta es ( ya que le vence el plazo para acceder al beneficio y no lo pudo lograr ya que le hicieron la verificación en sede de la empresa y no surge que sea tarea privilegiada), puedo intimar a la empleadora que en virtud de no contar con el carácter de los aportes en forma correcta no pudo acceder al beneficio de jubilación por lo tanto intima plazo ….?? que regularice su situación de lo contrario se considera despedido por su exclusiva culpa ¿? Esto porque lei que:
…….”Si la empleadora intima al trabajador a que se jubile, pero este no tiene los requisitos necesarios (edad o falta de aportes), el trabajador podría considerarse despedido en forma valida y reclamar las indemnizaciones correspondientes. La Jurisprudencia laboral ha expresado que “No hay distinción en la norma que pueda avalar la postura de la demandada de imputar a la actora la imposibilidad de su pase a pasividad por no haber cumplimentado en debida forma los aportes de la época en que su tarea era independiente o autónoma. Por lo demás, nada impedía a la demandada verificar e al tiempo del inicio de la relación cual era la situación de la actora dentro del sistema de aportes previsionales, y mucho menos lo era imposible hacerlo cuando decidió efectuar la intimación para que comenzara con los tramites previsionales (CNAT, Sala IV” Raffaelle, Maria c/ Consorcio de Propietarios Anchorena 1772”)……”
Alguien me puede orientar un poco?? Mil gracias
Mi cliente trabaja como chofer de reparto actualmente, tiene 60 años y en septiembre del 2010 la empresa lo intimo mediante cd a que se jubile (ya q a partir de los 55 años con 25 años de aportes puede acceder al beneficio). Yo inicie en febrero la jubilación con certificación de servicio, pero salio denegada. Voy a presentar un recurso ya q los años trabajados antes del 94 aunque no figuraba en el Sipa el serv diferencial, me los dieron como privilegiados, luego desde 07/94 a la fecha como comunes.
Mi pregunta es ( ya que le vence el plazo para acceder al beneficio y no lo pudo lograr ya que le hicieron la verificación en sede de la empresa y no surge que sea tarea privilegiada), puedo intimar a la empleadora que en virtud de no contar con el carácter de los aportes en forma correcta no pudo acceder al beneficio de jubilación por lo tanto intima plazo ….?? que regularice su situación de lo contrario se considera despedido por su exclusiva culpa ¿? Esto porque lei que:
…….”Si la empleadora intima al trabajador a que se jubile, pero este no tiene los requisitos necesarios (edad o falta de aportes), el trabajador podría considerarse despedido en forma valida y reclamar las indemnizaciones correspondientes. La Jurisprudencia laboral ha expresado que “No hay distinción en la norma que pueda avalar la postura de la demandada de imputar a la actora la imposibilidad de su pase a pasividad por no haber cumplimentado en debida forma los aportes de la época en que su tarea era independiente o autónoma. Por lo demás, nada impedía a la demandada verificar e al tiempo del inicio de la relación cual era la situación de la actora dentro del sistema de aportes previsionales, y mucho menos lo era imposible hacerlo cuando decidió efectuar la intimación para que comenzara con los tramites previsionales (CNAT, Sala IV” Raffaelle, Maria c/ Consorcio de Propietarios Anchorena 1772”)……”
Alguien me puede orientar un poco?? Mil gracias