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  • Preparar vía ejecutiva sin contrato de alquiler

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 #1021573  por Armando1234
 
Amigos, recurro nuevamente a la ayuda de ustedes por lo siguiente:

En una locación (voy por el propietario) se adeudan varios meses de alquiler. Se intimó por Carta Documento al inquilino, la cual no fue contestada.
De la locación solo tengo una fotocopia del contrato, el original mi defendido no lo encuentra.
La pregunta es si de acuerdo al art. 523 del código proc de provincia, ¿puedo citar al inquilino a que reconozca su calidad de locatario, es decir, sin contrato (o presentando solo la fotocopia)?
 #1021652  por andresxeneizes
 
podes jugartela, si te lo reconoce zafaste y sino cagaste.

yo quizas me jugaria primero a iniciar el desalojo y quizas ahi cuando contesten la demanda te aparece el original del contrato y solucionado el problema pudiendo iniciar la ejecucion de alquileres con el contrato original en el expte de desalojo que lo ofreceria como prueba
 #1021716  por Armando1234
 
Muchas gracias, está bueno lo que planteas.
Ahora, ¿de que manera encaro el desalojo? ¿podría por falta de pago de alquileres sin tener el contrato?
Leí varios en el foro que hablaban de los problemas que pasaban si el inquilino sin contrato escrito no reconocía su calidad y planteaba ser poseedor.

Te agradezco nuevamente, es la primera vez que hago un caso así, por eso tantas dudas!
 #1021773  por andresxeneizes
 
ahi yo veo que podrian haber dos opciones, las dos arriesgadas, va como todo el plan en cuestion, pero no queda otra ante el bolud... del cliente.

1) encararlo por falta de pago acompañando la copia del contrato manifestando no tener el original y entre la prueba ofrecer documental en poder de la contraria para que acompañe su copia del contrato

2) encararlo por intrusion y que ellos al unico fin de rechazar el desalojo acompañen el contrato, podras perder el desalojo es probable, pero si aparece el contrato ganas los alquileres.

como dije ambas arriesgadas y pueden ser buenas o no segun como salgan, como se dice se mediran "segun el diario del lunes"
 #1021811  por juancapa
 
Planteo otra posición. Meté la demanda, y pedí constatación del inmueble a los efectos de verificar el estado de ocupación y quiénes son los ocupantes. Y que exhiban contrato al oficial de justicia. Hay un artículo por ahí perdido que faculta al actor del desalojo a pedirlo. Ahí te le anticipás la jugada que pueden hacerte luego: si dicen que son inquilinos y muestran el contrato, sería un golazo para vos. Si dicen que son poseedores, no los tenés notificados de la demanda así que podés incluso hasta desistir.

Qué les parece?
 #1021812  por Armando1234
 
ya le dije al tipo que busque el contrato, que lo tiene que encontrar si o si!

Si no llega a aparecer, de las dos opciones que decís, me parece mejor la 2). Tiene el riesgo de que puedo perder el juicio de desalojo y el cliente tenga que pagar las costas.

De todas maneras, estaba viendo que en la ley de mediación de la provincia tengo la posibilidad de mediar por un desalojo. Es opcional para el requirente.

La única cosa que me queda como intriga es la siguiente, son dos cosas en realidad y te pregunto abusando de tu amabilidad (que desde ya te agradezco):
Supongamos lo siguiente: Inicio demanda de desalojo por intrusión. El demandado presenta el contrato de locación y pierdo el desalojo. Voy por el cobro de los alquileres:

1) ¿En la demanda por cobro de alquileres tengo que preparar la vía ejecutiva? Supongo que no porque él habría presentado el contrato y reconoció ser locatario, pero no se si por eso ya es título ejecutivo.
2) Después de perder el desalojo e iniciar demanda por cobro de alquileres, ¿puedo iniciar un nuevo desalojo, ésta vez por falta de pago? Supongo que si, y no habría cosa juzgada porque las causas de ambas demandas de desalojo serían distintas.

Te super agradezco andresxeneizes, disculpá tantas preguntas. Abrazo grande!
 #1021813  por Armando1234
 
Una cosa: si el
juancapa escribió:Planteo otra posición. Meté la demanda, y pedí constatación del inmueble a los efectos de verificar el estado de ocupación y quiénes son los ocupantes. Y que exhiban contrato al oficial de justicia. Hay un artículo por ahí perdido que faculta al actor del desalojo a pedirlo. Ahí te le anticipás la jugada que pueden hacerte luego: si dicen que son inquilinos y muestran el contrato, sería un golazo para vos. Si dicen que son poseedores, no los tenés notificados de la demanda así que podés incluso hasta desistir.

Qué les parece?
está bueno también lo que decís juancapa. Ahora, una cosa: Si dicen que son inquilinos y muestran el contrato, me sirve para pedir que lo presenten ellos como prueba, haciendo hincapié en las cargas probatorias dinámicas, no?.
Pero si dicen que son poseedores y yo inicio demanda por desalojo, no me conviene seguir con la demanda en lugar de desisitr?
(capaz que ya estoy mareado y estoy diciendo cualquier cosa)

Un abrazo y muchoas gracias
 #1021851  por juancapa
 
Si dicen que son inquilinos, ya está, porque el informe del oficial de justicia es un instrumento público, y después no podrán tomar intervención en el expediente diciendo que son poseedores (doctrina de los propios actos). Yo me tiraría a hacer esa constatación, sin duda. Si dicen que son poseedores y vos los demandás, es obvio que te van a invocar la posesión, y ya vas a tener el informe del oficial donde dicen q son poseedores. Te va a salir para atrás.
 #1021875  por andresxeneizes
 
juancapa escribió:Planteo otra posición. Meté la demanda, y pedí constatación del inmueble a los efectos de verificar el estado de ocupación y quiénes son los ocupantes. Y que exhiban contrato al oficial de justicia. Hay un artículo por ahí perdido que faculta al actor del desalojo a pedirlo. Ahí te le anticipás la jugada que pueden hacerte luego: si dicen que son inquilinos y muestran el contrato, sería un golazo para vos. Si dicen que son poseedores, no los tenés notificados de la demanda así que podés incluso hasta desistir.

Qué les parece?
me parece mejor esta opcion que se le ocurrio a juancapa, que las que se me habian ocurrido a mi