Estimados!! como estan? les comento un caso, mi cliente tuvo un accidente en la via publica, caminando, dado que la vereda era (resbaladiza), tropieza y se cae, provocandole severos problemas en la cadera. Este hombre trabajaba en el campo (changas), alambraba, cuidaba animales, etc. A raiz del accidente no pudo seguir haciendo su trabajo respectivo... Al momento del hecho tenia 57, ahora 59... tengo entendido que el lucro cesante, es todo el daño patrimonial que la victima dejo de percibir, es asi?... Dicho rubro (lucro cesante) se toma desde el momento del hecho hasta que momento? se trata de una incapacidad permanente (que le impide hacer su trabajo) y de cuanto seria el monto... sinceramente me va hacer dificil probar el monto mensual que percibia... alguno que me de su opinion.. gracias!!
Al momento del hecho tenia 57, ahora 59...se corto alguna vez la prescripcion?
tengo entendido que el lucro cesante, es todo el daño patrimonial que la victima dejo de percibir, es asi?... Dicho rubro (lucro cesante) se toma desde el momento del hecho hasta que momento? se trata de una incapacidad permanente (que le impide hacer su trabajo) y de cuanto seria el monto... sinceramente me va hacer dificil probar el monto mensual que percibia... alguno que me de su opinion.. gracias!!yo intentaria que demostrar minimamente que cobraba, y haria la cuenta desde el momento del hecho hasta el momento en que se jubilaria de estar bien
