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 #1022028  por cemajus
 
Hola. quería consultar a los colegas experimentados en el tema; tengo un cliente por un juicio ejecutivo donde ha sido ejecutado, y ya se ha dictado sentencia de remate que se ha notificado, dicho cliente quiere pagar ya para evitar que se devenguen mas intereses del capital que adeuda. Mi pregunta es: ¿ contacto al abogado de la parte actora, deposito el capital e interés adeudado, previa conformidad que de la liquidación realice mi cliente y presento el escrito en el expediente ,acreditando pago y acompañando boleta de deposito? mi premura es por los intereses que siguen devengándose. Muchas gracias por la eventuales respuestas.
 #1022074  por andresxeneizes
 
primero contacta al abogado del actor para ver si podes llegar a un acuerdo, y sino se puede yo lo que haria es depositar dar en pago y hacer la liquidacion en el mismo escrito en que se deposita para que se entienda que lo depositado es lo correcto
 #1022433  por cemajus
 
Ok. Muchas gracias por tu aporte andresxeneizes.