Opinión sobre 3 ( tres ) aspectos :
Caie escribió:el hermano había hecho una representación única para ambos.
En Capital no, definitivamente NO. Y en Pcia. de Bs. As, casi, casi seguro que tampoco.
2 ) Cuanto cobrar ? Absolutamente subjetivo ; eternamente debatido ( ya estoy harto de los que presumen siempre de cobrar bien todos los trabajos ). consejo : Que nadie te cante " la justa ". Según la necesidad, según lo que creas que el cliente pueda pagar, y miles de etcéteras. En el caso de que ambos cónyuges sean " tuyos " ( o porque conocés a uno y al otro, por no tener conflicto entre ellos, también le generás confianza , o bien porque ambos confían en vos ) suele pasarse unos honorarios en conjunto un poco menor que la suma de los dos si los patrocinases separados ; allí tendrías que contar con un/a colega de confianza para que te acompañe con la firma.Al respecto, mis experiencias :
a ) La primera vez que me cayó un divorcio de este tipo, le ofrecí a una colega conocida el 20 % de los honorarios ( a cambio, exclusivamente de su firma en los escritos; el trabajo la hacía completamente yo ) Aceptó.Al proponerle el segundo trabajo así, me dijo que sólo si esta vez dividíamos honorarios en partes iguales. Fin de la sociedad.
b ) Ahora, con una joven colega de mucha más confianza, trabajo sistemáticamente así : si los clientes son míos, 20 % para ella ; si son de ella, a la inversa.
Cuánto estamos cobrando? Hoy, sólo por hoy, de $ 8000 a 10000 por los dos. Y eso que el año pasado, pasé un par de presupuestos por menos plata y NO me los dieron. Ok, pero si no se puede cobrar eso por un divorcio, habrá que dedicarse a otra cosa.
última cuestión :
Caie escribió:3) Si se casaron en capital pero último domicilio en provincia, (yo matricula del CPACF) NO podría actuar no
La competencia en divorcios la da el último domicilio conyugal. Como yo tengo matrícula sólo en la C.A.B.A, a mí me conviene que todos los últimos domicilios conyugales estén acá

. Pero sé perfectamente que hay jueces de Capital, que mandan, con razón,
ACREDITAR dicho último domicilio ( se deben haber avivado de que muchos divorcios que deberían tramitar en Pcia. se los quieren meter a ellos, por una cuestión de costos ), cosa que, por suerte, nunca me pasó, sobretodo en los casos en que mentí

lo relativo a ese tema, siempre advirtiendo a los clientes de las consecuencias de tal mentirita....Cuál es mi criterio actual para mandarme, entonces ? que uno de los elementos, al menos, sea de acá( como en tu caso el lugar de celebración ) , porque, convengamos, los jueces no comen vidrio : si están casados en el Chaco, y tienen ambos los domicilios reales en Pcia. de BS AS, dapara dudar.....Como corolario, recuerdo a un forista de acá, al debatirse este tema en un hilo específico, indignado porque los jueces habían mandado acreditar este ítem, y los letrados no habían podido...es más, los conyuges NO conocían la ciudad de Buenos Aires

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chau !