Hola les hago una consulta... tengo una clienta a la cual la despidieron sin causa pero le van a pagar la indemnizacion correspondiente. El tema es que està mal registrada, la registraron en agosto pero entró en marzo, vi q en esos casos se duplica la indemnizacion... me mandan un modelo de telegrama intimandolos porque no se me ocurre como hacerlo si no esta vigente la relacion laboral...
Intima bajo bajo Ley 25.323 art 1 y 2, y art. 80 LCT, denuncia la real fecha de ingreso, remuneración, horario, y categoría. Ahh otra cosa, si va a buscar el cert de trabajo y certificacion de serv y remuneraciones, cobra lo que te paguen, recibis en disconformidad, y luego manda un TCL impugnandolo, e intima a que te entreguen uno con las reales circunstnacias que rodearon la relación laboral. Saludos!
Si no esta vigente la relación laboral, corren las multas de la ley que te cite. Vigente la relación laboral van la de la ley 24.013. Leee las leyes que vas a entender mejor.