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  • Escrituración - Quiebra: Tracto abreviado, Cesión de d´?

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 #101489  por Ulpiano-mdp
 
Creo que ya lo habian dicho antes, lo que tenes que hacer es ceder los derechos de boleto a favor del tercero, para que este escriture a su nombre.-

Ahora, decime napster compraste el bien en un remate decretado en un juicio de quiebra, o bien lo compraste por boleto a un sujeto al que se le decreto la quiebra?

En el primer caso si ya tomaste posesion y depositaste el saldo de precio, y el juez aprobo la subasta, ya sos titular de dominio, sin necesidad de escritura (1184 CC) y te basta oficio y testimonio, y vos mismo podes otorgar la escritura traslativa de dominio a favor del tercero por el sistema de tracto abreviado.-Ahi no puede haber cesion de boleto (que son derechos personales, y vos ya sos titular de derecho real), pero sigue siendo una sola escritura.-

En el segundo caso, tuviste que iniciar un juicio de verificacion, o la oposicion del boleto a la quiebra como dijo Paloma, y obtuviste una sentencia favorable que te habilita a escriturar el bien a tu nombre, en ese caso creo que el Juez firma la escritura, y la plata del saldo (si hay) se deposita en el expediente. En ese caso si todavia no escrituraste (no lo hiciste) tenes que ceder los derechos y obligaciones del boleto que fueron hechos valer en juicio. Yo lo haria mediante instrumento privado con firmas certificadas por escribano, y presentarlo en el expediente para que el juez lo apruebe, y asi firme la escritura a favor del cesionario.-

Saludos

 #102153  por djnapster
 
Estimados Ulpiano, Paloma:
Compre la propiedad directamente a la quiebra, no al quebrado. Tengo posesión del inmuebles desde hace mas de 10 años.
El importe ya fue pagado en su totalidad y la orden de escrituración esta a mi nombre.
Entonces, vos decís que me conviene hacer una cesión de derechos por instrumento privado?. Es mas barato que escriturar? Porque mi pregunta surge por una cuestion de no tener que realizar dos escrituras con el gasto que implica.
Este trámite dura mucho?, El Juez debe correr vista al síndico o no es necesario?.
Gracias y saludos.

 #102185  por Ulpiano-mdp
 
Entonces el tuyo es el caso uno.- No hay que hacer cesion de derechos.-
Desisti del tramite de escrituracion a tu nombre (eso en el expediente) pide se libre oficio al Registro de la Propiedad y testimonio de las constancias pertinentes de autos -Con esa documentacion sos titular de dominio (y si estan cumplido los recaudos de toda subasta. pago del precio, posesion mediante mandamiento judicial , y aprobacion judicial de la subasta), vas con eso al escribano y otorga una solo escritura a favor del tercero al que le vendes, por el sistema de tracto abreviado.-

 #102341  por djnapster
 
Te repito que no compre la propiedad por subasta sino por venta directa, pero a la quiebra, NO al quebrado.
Tampoco es que hay un trámite de escrituración sino que la resolución judicial que ordena escriturar a mi nombre ya fue librada hace bastante.
Por otra parte, el escribano puede escriturar a nombre de un tercero que yo le designe?, no hay que homologar judicialmente todo esto?. Cual es la normativa que sustenta tu opinión?.
Saludos !.

 #102456  por paloma
 
Aun que hayas comprado por venta directa, el procedimiento es el mismo. Los bienes en la quiebra se pueden realizar de esas dos maneras. En caso de que decidas escriturar, en vez del fallido va a intervenir el síndico. Y el tema de la cesión o venta a un tercero no enecesita homologación judicial porque el bien ya es tuyo
 #102512  por djnapster
 
Estimada Paloma
Te agradezco que te intereses en responder con tanta rapidez.
No quiero parecer descortes o desagradecido pero cada vez que intervienes en este post da la impresión de que no has leído mis consultas, no sabes o no puedes responderlas por motivos que ya mencionaste (estas con mil cosas al mismo tiempo). Me parece importante entender que, en estos casos donde gente lega en derecho hace consultas, importa mas la calidad de las respuestas que solo responderlas rapidamente o por el solo hecho de responder mas y mas.
Gracias igual y disculpa pero tengo una necesidad imperiosa de resolver este problema así que prefiero recibir ayuda de alguien que, quizas, se demore en responder o no responda, a recibir asesoramiento equivocado o que me haga perder el tiempo y el de ustedes.
Saludos.

 #102644  por Ulpiano-mdp
 
Djnapster creo que entre todos los colegas que intervenimos ya te dimos una mera orientacion, pero se hace necesario revisar toda lo documentacion en tu poder y el expediente de quiebra, para tratar de establecer juridicamente cual es la modalidad de la adquisicion que has realizado dentro de dicho juicio, y ademas tu caracter lego denota un desconocimiento de la terminologia legal (lo que es razonable) por la cual tenemos que andar sobre la marcha adivinando sobre lo que hiciste y firmaste, motivos por los cuales yo te aconsejo que busques asesoramiento profesional de algun abogado de tu confianza, concurriendo personalmente a consultarlo sobre tus inquietudes, ya que, en mi opinion, no es este el medio apropiado para obtenerlo.-
Saludo cordial.-

 #102685  por paloma
 
Gracias Ulpiano. Intenté explicarle por mensaje privado a este señor que no fue claro en su exposición y que al menos a mí logró confundirme.

 #102700  por Sailaw
 
De todas maneras, es un poco descomedido el consultante, ante respuestas de una profesional que con la mejor buena voluntad y animo de servir, tratò de ser util, todos nos confundimos muchas veces, cuando la pregunta carece de terminologìa legal o la misma està equivocada, y realmente Paloma (una excelente abogada y un amor de niña), no merece ese trato. que no solo ofende a ella sino a todos nosotros que tratamos de dar lo mejor en el Portal.

 #102705  por paloma
 
Muchas gracias Sai!!! :)

 #102752  por gadriana
 
Grande Sail....

 #102768  por angelqueguia
 
Así es la vida Paloma, el esfuerzo a veces es mal pagado, pero siempre es el esfuerzo lo que vale y no su pago.

Pero de ahí a que te manden a freir churros!!!!!!

Tiene aguante!!, Paloma tiene aguante!! larala lara lala.
paloma escribió:Gracias Ulpiano. Intenté explicarle por mensaje privado a este señor que no fue claro en su exposición y que al menos a mí logró confundirme.

 #102776  por paloma
 
Así es... la vida es dura... la vida es bella... c´est la vie... :)

 #102798  por Ulpiano-mdp
 
Estoy plenamente de acuerdo con vos Sailaw.

 #102799  por angelqueguia
 
Ya llegará el momento en que seas una nueva versión de ti, superada, sin márgenes de errores y consulta sin cargo.

Pero por el momento es la Paloma que hay, con todas sus limitaciones y dispersiones, pero qué importa la calidad cuando hay un gran, y a la vez, humilde corazón!.

Por lo que el grupo de legos de ese Portal resuelve:
Ratificar y valorar toda intervención efectuada por Paloma en el presente post, sin perjuicio de que le asista razón o on en definitiva, consiederando su aporte un patrominio cultural de todo el foro y no dejarlo librado al juicio de pertinencia que djnapster quiera imprimirle, rechazando todo intento unilateral tendiente a mandarla a freir churros.
Comuníquese
paloma escribió:Así es... la vida es dura... la vida es bella... c´est la vie... :)