Buenas, me quedé con la duda en la práctica.
Hay opiniones que dicen que en el primer telegrama (para un trabajador totalmente en negro), se debe enviar sin mencionar "bajo apercibimiento de considerarme despedido bajo su exclusiva culpa" porque el despido es la ultima sancion.
Otros dicen que si hay que poner eso.
Ante el rechazo de un telegrama se puede llegar a enviar otro pasando los 30 dias bajo apercibimiento de considerarse despedido o no vale la pena y se entiende que si ya pasaron los 30 dias ante el rechazo del telegrama y el silencio del empleador ante el registro se considera el despido pese a no mencionar esto en el primer despacho?
Porque me parecio leer un fallo donde se dijo que como en el primer telegrama no se consigno la leyenda bajo apercibimiento de considerarse despedido, en el segundo telegrama pasado los 30 dias considerandose despedido, este no es valido por no mencionarlo en el primero.
Hay opiniones que dicen que en el primer telegrama (para un trabajador totalmente en negro), se debe enviar sin mencionar "bajo apercibimiento de considerarme despedido bajo su exclusiva culpa" porque el despido es la ultima sancion.
Otros dicen que si hay que poner eso.
Ante el rechazo de un telegrama se puede llegar a enviar otro pasando los 30 dias bajo apercibimiento de considerarse despedido o no vale la pena y se entiende que si ya pasaron los 30 dias ante el rechazo del telegrama y el silencio del empleador ante el registro se considera el despido pese a no mencionar esto en el primer despacho?
Porque me parecio leer un fallo donde se dijo que como en el primer telegrama no se consigno la leyenda bajo apercibimiento de considerarse despedido, en el segundo telegrama pasado los 30 dias considerandose despedido, este no es valido por no mencionarlo en el primero.
"Si un día tienes que elegir entre el mundo y el amor...recuerda: si eliges el mundo, quedarás sin amor, pero si eliges el amor, con él conquistarás al mundo"