Hola: mi consulta es la siguiente un Sr.padre biológico de una menor me dice que le impide la madre el contacto con la niña se le indica que puede realizar régimen de visitas me desayuno que no la ha reconocido de manera voluntaria que lo realice y luego con la partida de nacimiento puede ejercer la acción, el cliente va al registro civil y la pareja actual de la madre la ha reconocido, impugno el reconocimiento?