Estimados: tengo que iniciar un despido indirecto por trabajo en negro contra una S.A. que tiene domicilio legal en Capital, pero que en el intercambio telegráfico consignaba domicilios en provincia. Mi cliente era vendedor de planes de ahorro y la "base" de operaciones era en un concesionario Fiat de provincia, aunque el vendedor desarrollaba sus tareas tanto en capital como en pcia. Además iría por responsabilidad solidaria contra la agencia (base de operaciones), la fábrica y la administradora de los planes, ésta última con domicilio legal y real en Capital.
Las preguntas son:
1) Puedo iniciar en capital por ésta última circunstancia de que uno de los demandados por responsabilidad solidaria tengan allí el domicilio? 2) Puedo hacer valer también el domicilio legal de la empleadora directa aunque haya mandado los telegramas con una dirección de provincia y por ello la cito a Seclo a esa dirección en provincia?
3) Y finalmente puedo valerme de que el trabajador realizaba operaciones en capital (aunque supongo que eso también será materia de prueba)?
Muchas gracias
Las preguntas son:
1) Puedo iniciar en capital por ésta última circunstancia de que uno de los demandados por responsabilidad solidaria tengan allí el domicilio? 2) Puedo hacer valer también el domicilio legal de la empleadora directa aunque haya mandado los telegramas con una dirección de provincia y por ello la cito a Seclo a esa dirección en provincia?
3) Y finalmente puedo valerme de que el trabajador realizaba operaciones en capital (aunque supongo que eso también será materia de prueba)?
Muchas gracias