Estimados, quería plantearles la siguiente duda. Un jubilado fallece un mes antes de que se le ponga al pago la liquidación de su juicio de reajuste.
La única heredera, es su hermana, quien ya tiene hecho el sucesorio, por lo cual presenté en diciembre OFICIO a anses, PARA QUE SE PONGA AL PAGO EL MONTO DEL JUICIO , Y ACOMPAÑÉ CON EL OFICIO DECLARATORIA DE HEREDEROS Y CBU del banco donde está abierta cuenta judicial a nombre del sucesorio. El oficio fué recibido en el anses local ( estoy en prov de san luis)el 18 de diciembre de 2013.
Hoy consulto con la abogada de anses local, y esta me dice que ella no tiene modo de hacerle un seguimiento a ese oficio para ver que pasó, porque lo manda a bs as, y allá lo resuelven. Me dice tb que anses NO VA A INFORMAR NADA al juzgado donde tramita el sucesorio, sino que directamente cuando lo pongan al pago lo depositarán en la cuenta judicial abierto a nombre del sucesorio. ¿Esto es así realmente? ¿ tengo modo de hacerle un seguimiento con algún código de expediente por la pagina de anses? En caso de que siga así sin novedades, como tendría que proceder ¿reitero oficio mediante el juzgado?. Espero sus opiniones. Saludos y muchas gracias.
La única heredera, es su hermana, quien ya tiene hecho el sucesorio, por lo cual presenté en diciembre OFICIO a anses, PARA QUE SE PONGA AL PAGO EL MONTO DEL JUICIO , Y ACOMPAÑÉ CON EL OFICIO DECLARATORIA DE HEREDEROS Y CBU del banco donde está abierta cuenta judicial a nombre del sucesorio. El oficio fué recibido en el anses local ( estoy en prov de san luis)el 18 de diciembre de 2013.
Hoy consulto con la abogada de anses local, y esta me dice que ella no tiene modo de hacerle un seguimiento a ese oficio para ver que pasó, porque lo manda a bs as, y allá lo resuelven. Me dice tb que anses NO VA A INFORMAR NADA al juzgado donde tramita el sucesorio, sino que directamente cuando lo pongan al pago lo depositarán en la cuenta judicial abierto a nombre del sucesorio. ¿Esto es así realmente? ¿ tengo modo de hacerle un seguimiento con algún código de expediente por la pagina de anses? En caso de que siga así sin novedades, como tendría que proceder ¿reitero oficio mediante el juzgado?. Espero sus opiniones. Saludos y muchas gracias.