Hola, quisiera saber si es factible tramitarle la jubilacion ordinaria haciendo uso de la moratoria de ley 24476, a una señora de 74 años, pensionada, que trabajó de costurera/modista en forma independiente entre los años 1959 y 1991. Por edad excedente, entiendo que le harían falta 23 años de aportes. En el SICAM debo informar en Situación de Revista 23 períodos o 30? Por otra parte, se pueden condonar más períodos por tener servicios anteriores al 1/1/69? Y por último, la ANSES requiere alguna prueba sobre la prestación de servicios? o con la declaración en el SICAM y el pago de la deuda es suficiente para que apruebe el beneficio previsional? Espero puedan ayudarme! Saludos
Hola aguana. Podes tramitarle la jubilación comprando 23 años como decis y, además aplicando el art 3 de la 24.476 podes descontar 7 años de ddjj en períodos que no tuviera pagos. Anses no te va apedir pruebas en este caso. Pagas de contado la moratoria y listo. Espero te sirva.
Saludos