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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1028971  por anamy00
 
Hola colegas! tengo un autónomo que según padrón de autónomos se inscribe cuando es menor yo lo tomo desde que es mayor de edad xq más allá q lo hayan emancipado el sicam no me deja. Por otro lado entra en la moratoria del 592/79 y solo paga 8 cuotas. Fue camionero autónomo hasta el 07/1996 y me lo tomo como 60/30. Lo mande a la AFIP a cargar el nº de cuenta y a unificar el CUIT. Pero en el sicam me aparecen todos los pagos, pero no aparece su inscripción en ningún año, es como q jamas existió para la Afip. Yo igual le hago el sicam con la inscripción y los pagos. Pero cuando hago el calculo y al tener esos pagos de la 592/79, en los periodos anteriores al 79 me da deuda cero (en los cuales hay algunos periodos pagos y otros no). Como yo se q esos periodos están impagos, se q eso no es correcto y es probable q me lo revoten, pero x otro lado me tengo q tomar como fecha de inicio la fecha de su inscripción. Y si lo pongo como ampliada, quizás también me la revoten, la verdad nunca me paso. Si a alguien le paso algo similar les agradezco la ayuda.
 #1029089  por MARIO1943
 
anamy00 escribió:Hola colegas! tengo un autónomo que según padrón de autónomos se inscribe cuando es menor yo lo tomo desde que es mayor de edad xq más allá q lo hayan emancipado el sicam no me deja. Por otro lado entra en la moratoria del 592/79 y solo paga 8 cuotas. Fue camionero autónomo hasta el 07/1996 y me lo tomo como 60/30. Lo mande a la AFIP a cargar el nº de cuenta y a unificar el CUIT. Pero en el sicam me aparecen todos los pagos, pero no aparece su inscripción en ningún año, es como q jamas existió para la Afip. Yo igual le hago el sicam con la inscripción y los pagos. Pero cuando hago el calculo y al tener esos pagos de la 592/79, en los periodos anteriores al 79 me da deuda cero (en los cuales hay algunos periodos pagos y otros no). Como yo se q esos periodos están impagos, se q eso no es correcto y es probable q me lo revoten, pero x otro lado me tengo q tomar como fecha de inicio la fecha de su inscripción. Y si lo pongo como ampliada, quizás también me la revoten, la verdad nunca me paso. Si a alguien le paso algo similar les agradezco la ayuda.
1) CUANDO VOS ASOCIAS LA CUENTA CON LA CUIT, LO UNICO QUIE TRAE SON LOS PAGOS, NO ASI LA INSCRIPCION DE ESOS PERIODOS, COMO SON PERIODOS PRESCRIPTOS LO TENES QUE PONER EN FORMA MANUAL EN SIT. D E REVISTA
2) VOS TENES QUE RESPETAR LO QUE LARGA EL SICAM, SI EL SICAM TE DA DEUDA CERO EN ESOS PERIODOS ESTA BIEN, NO TE PONGAS ANALIZAR PORQUE PUEDE TENER VARIAS EXPLICACIONES, UNA PUEDE SER QUE LE PUSIERON UNA ACTIVIDAD MAS ECONOMICA D E LA QUE CORRESPONDE,NO SOLAMENTE A LOSS PERIODOS DE LA MORATORIA 592/79, SI NO TAMBIEN A TODOS LOS PERIODOS DE LA MORATORIA HASTA EL 09/1993 DE LA 24476, VOS PODES CAMBIAR DE ACTIVIDAD MA S ECONOMICA HASTA EL 09/1993 Y ESTA BIEN, PORQUE EL SOBRANTE SE LA VAN IMPUTANDO A LA DEUDA MAS VIEJA Y EVIDENTEMENTE ESE SBRANTE TAMBIEN IMPACTO EN LA MORATORIA 592/79
 #1029095  por anamy00
 
Si; tenes razon pero yo hice todo tal cual se inscribio y los pagos corresponden a la actividad con que se inscribio q era B" y como esos periodos estan realmente impagos tengo resquemor y q me revoten. Te hago una pregunta: que opinas si a esos periodos le pongo art3, xq la realidad es q sino no tengo periodos xq me da deuda cero y no me hace falta, pero calculo q es una posibilidad, q opinas?
 #1029104  por MARIO1943
 
anamy00 escribió:Si; tenes razon pero yo hice todo tal cual se inscribio y los pagos corresponden a la actividad con que se inscribio q era B" y como esos periodos estan realmente impagos tengo resquemor y q me revoten. Te hago una pregunta: que opinas si a esos periodos le pongo art3, xq la realidad es q sino no tengo periodos xq me da deuda cero y no me hace falta, pero calculo q es una posibilidad, q opinas?
VOS NO DECIS QUE TE APARECEN LOS PAGOS Y NO LA INSCRIPCION, QUIZAS ESOS PAGOS LO PUSISTES CON OTRA ACTIVIDAD, EL ART 3 SE APLICA A PERIODOS IMPAGOS
 #1029106  por anamy00
 
Los pagos me aparecen en el sicam y lo q no me aparece es la inscripcion en ningun lado, ademas el sr me trajo todos los pagos y yo los cargue tal cual. Y como esos periodos q el sicam me da como pagos y yo se q no estan pagos, se me ocurrio aplicar el art 3. Pero en el sicam me da deuda cero antes del 592/79 es x eso q te pregunto si en esos periodos q me da deuda cero y yo se q no estan pagos, compartis la idea de aplicar el art 3?
 #1029154  por MARIO1943
 
anamy00 escribió:Los pagos me aparecen en el sicam y lo q no me aparece es la inscripcion en ningun lado, ademas el sr me trajo todos los pagos y yo los cargue tal cual. Y como esos periodos q el sicam me da como pagos y yo se q no estan pagos, se me ocurrio aplicar el art 3. Pero en el sicam me da deuda cero antes del 592/79 es x eso q te pregunto si en esos periodos q me da deuda cero y yo se q no estan pagos, compartis la idea de aplicar el art 3?
NO, NO S E PUEDE APLICAR A PERIODOS SIN DEUDA, POR MAS QUE DIGAS QUE NO PAGOS ESOS PERIODOS , PERO LO QUE VALE ES LO QUE ARROJA EL SICAM , ESTAN PAGOS
 #1029157  por anamy00
 
OK Mario; voy a presentarlo así. Después te cuento. Gracias!
 #1029210  por Emma2011
 
anamy00 escribió:Los pagos me aparecen en el sicam y lo q no me aparece es la inscripcion en ningun lado, ademas el sr me trajo todos los pagos y yo los cargue tal cual. Y como esos periodos q el sicam me da como pagos y yo se q no estan pagos, se me ocurrio aplicar el art 3. Pero en el sicam me da deuda cero antes del 592/79 es x eso q te pregunto si en esos periodos q me da deuda cero y yo se q no estan pagos, compartis la idea de aplicar el art 3?
Lo que pasa es que cuando tenes una moratoria el sistema te imputa los pagos a los períodos mas antiguos adeudados.
Es correcto lo que te dice Mario, no podes aplicar el art.3 a períodos que aparecen sin deuda.
 #1029237  por MARIO1943
 
MARIO1943 escribió:
anamy00 escribió:Los pagos me aparecen en el sicam y lo q no me aparece es la inscripcion en ningun lado, ademas el sr me trajo todos los pagos y yo los cargue tal cual. Y como esos periodos q el sicam me da como pagos y yo se q no estan pagos, se me ocurrio aplicar el art 3. Pero en el sicam me da deuda cero antes del 592/79 es x eso q te pregunto si en esos periodos q me da deuda cero y yo se q no estan pagos, compartis la idea de aplicar el art 3?
NO, NO S E PUEDE APLICAR A PERIODOS SIN DEUDA, POR MAS QUE DIGAS QUE NO PAGOS ESOS PERIODOS , PERO LO QUE VALE ES LO QUE ARROJA EL SICAM , ESTAN PAGOS

2012 –
Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano”
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Buenos Aires, 04 de abril de 2012
CIRCULAR DP Nº 25/12
NO APLICACIÓN ART. 3º LEY
24.476 EN PERÍODOS CON APORTES
Se recuerda a todas las áreas operativas
que cuando se presenten trámites con
servicios prestados como trabajador aut
ónomo, deberá constatarse en la pestañas
de Consulta de Pagos, la inexistencia de aportes por aquellos períodos en los que
el titular declara art. 3º Ley 24.476, así
como también la no acreditación de tareas
en relación de dependencia por
los mismos períodos.
Lo citado precedentemente encuentra su
fundamento en el Dictamen GAJ Nº
21.072, el cual establece “...los servicios por los cuales se invoca el art. 3º de la
Ley 24.476 sólo pueden computarse como
años de servicios para llegar a los
treinta años exigidos por el art.
19 de la Ley 24.241...”, “...sólo pueden
computarse a los efectos de la antigüedad, pero al no estar sujetos a aportes no
cabría tomarlos como tales a los fi
nes de acreditar los...años con aportes
efectivos...”, entendiéndose como años con aportes efectivos los establecidos en
el art. 19 de la Ley 24.241.
 #1029401  por adrianalucia
 
Hola foristas, me surgió una duda con este decreto, armé un sicam para una pensión directa, 30 años de servicios, y 29 y 9 con aportes, los 3 meses faltantes apliqué art. 3 esos meses tenían deuda de capital e intereses, hay 6 meses con deuda de intereses solamente y se los hago pagar en sicam son 149.00 pesos.
La duda es que antes de enviar el sicam ví en los datos para la liquidación que optó por este decreto está tildada la opción dice que adeuda 8 meses pero en los períodos al comienzo del sicam desde 05/1967 no tiene deuda hasta 04/1984.
Lo dejo así como está y lo envío?