Estimados Colegas: Les consulto acerca de una Pensión Directa que estoy tratando de iniciar.
La Señora falleció en diciembre del 2002 y nació en diciembre de 1937. Tiene afiliación al padrón de autónomos en 01/1968. Al esposo, que es jubilado, le dijeron durante todo este tiempo que no lo podía iniciar. Les consulto porque a mi, a simple vista de los datos, me parece que si tiene el derecho para comprar los 30 años en la moratoria ley 24.476, siempre que lo pague al contado por tener otro beneficio.
La pregunta que también aprovecho a realizar es si puedo tomar el exceso de edad que la fallecida tenía al momento de la muerte. Ella tenía 65 años.
Desde ya muchas gracias y espero sus comentarios
La Señora falleció en diciembre del 2002 y nació en diciembre de 1937. Tiene afiliación al padrón de autónomos en 01/1968. Al esposo, que es jubilado, le dijeron durante todo este tiempo que no lo podía iniciar. Les consulto porque a mi, a simple vista de los datos, me parece que si tiene el derecho para comprar los 30 años en la moratoria ley 24.476, siempre que lo pague al contado por tener otro beneficio.
La pregunta que también aprovecho a realizar es si puedo tomar el exceso de edad que la fallecida tenía al momento de la muerte. Ella tenía 65 años.
Desde ya muchas gracias y espero sus comentarios