Estimados:
Hace unos meses inicié una consignación de un cliente que tenía que abonar mensualmente cuotas en dólares para el pago de su vivienda y, como consecuencia de las restricciones del gobierno, no podía acceder a la compra de divisa extranjera.
Desde el inicio de la acción vengo depositando todos los meses la suma adeudada en dólares, solo que en pesos al tipo de cambio oficial, y el mes pasado fracasó la última audiencia en la que proponíamos llegar a un acuerdo en un dolar intermedio entre el oficial y el blue. (el demandado no accede a negociar)
Así las cosas, y siendo que aún seguirán restando unas 15 cuotas de vencimiento en los próximos 15 meses, tengo dos consultas:
1) Puedo pedir sentencia ahora, para que el juez decida si procede o no la consignación, independientemente de las cuotas aún pendientes?
2) En su caso, yo solicité que la cuestión se resolviera de pleno derecho (entiendo que es claramente un tema que no admite más debate que el jurídico), pero el demandado al contestar demanda ofreció prueba informativa (para mi gusto inconducente) y testimonial (sin dudas de más).... Creen que un tema como el que menciono admite apertura a prueba????
Agradeceré cuantos datos o ideas puedan darme....
Saludos,
Natalia
Hace unos meses inicié una consignación de un cliente que tenía que abonar mensualmente cuotas en dólares para el pago de su vivienda y, como consecuencia de las restricciones del gobierno, no podía acceder a la compra de divisa extranjera.
Desde el inicio de la acción vengo depositando todos los meses la suma adeudada en dólares, solo que en pesos al tipo de cambio oficial, y el mes pasado fracasó la última audiencia en la que proponíamos llegar a un acuerdo en un dolar intermedio entre el oficial y el blue. (el demandado no accede a negociar)
Así las cosas, y siendo que aún seguirán restando unas 15 cuotas de vencimiento en los próximos 15 meses, tengo dos consultas:
1) Puedo pedir sentencia ahora, para que el juez decida si procede o no la consignación, independientemente de las cuotas aún pendientes?
2) En su caso, yo solicité que la cuestión se resolviera de pleno derecho (entiendo que es claramente un tema que no admite más debate que el jurídico), pero el demandado al contestar demanda ofreció prueba informativa (para mi gusto inconducente) y testimonial (sin dudas de más).... Creen que un tema como el que menciono admite apertura a prueba????
Agradeceré cuantos datos o ideas puedan darme....
Saludos,
Natalia
