Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Urgente! Intimación extemporánea?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1030035  por BARBIE TURICA
 
Tengo q iniciar un juicio laboral por despido directo sin causa. El caso me llega con seclo cerrado y me doy cuenta q el profesional anterior no intimó al pago de las indemnizaciones ni el certificado de trabajo del art. 80 LCT. Intime por telegrama laboral la entrega de los certificados y el pago de las indemnizaciones x despido bajo apercibimiento de accionar leyes 25323 y 25345. Me contestan q la intimacion de las indemnizaciones es extemporánea, pues ya estaba cerrada la etapa conciliatoria, y q el certifificado de trabajo estaba a disposición en la sede de la empresa.
No estoy de acuerdo con la extemporaneidad de la 25323, la q expresa q si el empleador es obligado a iniciar reclamo por el pago de las indemnizaciones por despido (instancia administrativa o judicial), las mismas se incrementarán un 50%, lo q sucede en este caso habida cuenta q las mismas no fueron abonadas, el distracto ya había ocurrido y el actor se vio obligado a reclamarlas en juicio.
QUÉ OPINAN??????
 #1030041  por dagaboasol
 
Obviamente!!! Decile que lo de la extemp. que se lo diga al juez :mrgreen: Los certificados que los consignen judicialmente si quiere zafar y chau.
 #1030116  por andresxeneizes
 
coincido y en relacion a los certificados el dec 146/01 dice que hay que pedirlos luego de 30 dias de producido el despido nuevamente por telegrama, por ende de q extemporaniedad hablamos si la misma ley dice que hay que pedirlos luego del despido?