Voy por la demandada en Pcia de Bs As , el juez dicta la apertura a prueba por 40 días, sin ordenar librar los oficios ni poner fechas de audiencia. Vencido dicho termino la actora pide se libren los oficios y se ponga fecha audiencias. Es juez asi lo provee. Constituye esto una negligencia de la prueba por parte de la actora?
