Hola hago previsional pero me surgio duda, asi que agradezco si alguien me puede decir algo al respecto.
Tengo un caso de un señor que nacio en 1946 y le estoy preparando la jub con moratoria 24476 hasta 09/1993 mas el exceso de edad llego bien a los 30 años.
Pero tengo 2 dudas
Tiene un solo aporte en RRDD 04/2005 (que no me hace falta pero anses lo toma si o si) quiero saber si esto hace que tenga que tomar solo 2 años de DDJJ
Y la otra es que en afip este señor se incribio como autonomo categ 301 del 2010 hasta la actualidad (pero jamas pago NADA tiene deuda.
La pregunta es si puedo prescribir con la art. 1 de 25321 ó tengo que usar el decreto 526/95
Y como no tiene Ni UN solo pago entre 2010 a 2014 el cese se toma en el 2005 y puedo usar 2 años ó el cese lo puedo tomar el 09/1993
Aclaro que tiene aportes como autonomos en períodio de 1983 a1991 cat 703
Desde ya agradezco al que me pueda ayudar gracias.
Tengo un caso de un señor que nacio en 1946 y le estoy preparando la jub con moratoria 24476 hasta 09/1993 mas el exceso de edad llego bien a los 30 años.
Pero tengo 2 dudas
Tiene un solo aporte en RRDD 04/2005 (que no me hace falta pero anses lo toma si o si) quiero saber si esto hace que tenga que tomar solo 2 años de DDJJ
Y la otra es que en afip este señor se incribio como autonomo categ 301 del 2010 hasta la actualidad (pero jamas pago NADA tiene deuda.
La pregunta es si puedo prescribir con la art. 1 de 25321 ó tengo que usar el decreto 526/95
Y como no tiene Ni UN solo pago entre 2010 a 2014 el cese se toma en el 2005 y puedo usar 2 años ó el cese lo puedo tomar el 09/1993
Aclaro que tiene aportes como autonomos en períodio de 1983 a1991 cat 703
Desde ya agradezco al que me pueda ayudar gracias.