Natalia, pudiste iniciarlo?.
Lo ideal es que primero consultes en la dirección de cementerio los pasos a seguir.
A esta instancia yo ya pude resolverlo todo.
No se si tu caso es similar, en cuanto a las bóvedas lo que se renueva es la concesión de las mismas que por lo general se dan por 100 años. Una vez vencida la concesión se tiene que manifestar expresamente si se la quiere renovar o no. Hay que presentarse a la dirección de cementerios, (en mi caso era el cementaerio de chacarita), con el titulo de la bóveda, se abre un expediente en el cual tiene que firmar los titulares o los descendientes si los mismos están fallecidos ( en ese caso hay que presentar las partidas de defunción).
Yo tuve que hacer la sucesión de la titular de la bóveda, porque con el tiempo se había perdido el título de la bóveda. Por lo que consulté con al dirección de cementerios de chacarita (en la parte notarial) y me dijeron que tenía que hacer la sucesión. Te recomiendo que consultes que es lo que te conviene hacer. Yo pregunté si me podían extender una copia del titulo pero me dijeron que no, que tenía que hacer la sucesión.
Una vez hecha la misma, con la DH, se ordena la inscripción de la DH y listo. Tené en cuenta que este tipo de jucio no tributa impuesto sucesorio según art. 19 de la ley
21.282. Luego sigue su trámite hasta la renovación de la concesión en la Dirección Gral. de cementerios.
En cuanto a los cementerios privados, como Jardín de la Paz, es distinto ya que son privados justamente. No se renueva la concesión, y tampoco es neceserio incluir el lote en el acervo hereditario de la sucesión del titular. Si ya iniciaste una sucesión del titular por otros bienes, es suficiente con presentar la DH en la dirección del cementerio privado y se hace el cambio de titularidad a los herederos del causante.
Espero sea de ayuda.
Saludos!