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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1032830  por Ceriani
 
Estimados:

Hace un tiempo que participo de la lectura de este foro que me ayudado tanto en mi desempeño. Esperaba realizar algun aporte

para no abordar de esta manera, pero me ha tocado un Laboral un tanto insólito y estoy urgido de responder una cedula y las

particularidades del asunto me presentaron ciertas dudas. El caso es el siguiente:

Nuestro demandado se notifica de negativa de tareas y ley 24013 (mal aplicada x extemporaneidad, pero es discutible y tema ajeno al presente planteo) por parte de una persona que trabaja en un taller ubicado en su domicilio. El cual no está habilitado y funcionaba en clandestinidad. No obstante ello, su titular que es el hermano del demandado, tenia inscripcion en monotributo, emitia faturacion con el nombre fantasia de la firma, su nombre y apellido además de ser quien verdaderamente llevaba la actividad por la que es reconocido en su gremio desde hace muchos años. Nuestro cliente desarrolla otra actividad ajena a la de su hermano, servicios empresariales tambien registrado como monotributista y emitiendo facturas correspondientes a su actividad y a su desempeño. A todo esto el actor que efectivamente realizaba tareas en el taller del hermano de nuestro demandado, sorprendentemente no demanda al dueño del taller y responsable de la actividad, sino a nuestro representado, sin hacer mención ninguna al titular del taller, o referir alguna responsabilidad solidaria o fraude laboral. Simplemente en su epistolar en y su demanda, expone a nuestro cliente como titular y responsable del taller y de ser quien le impartia ordenes y fijaba horarios y remuneraciones sin ninguna reserva. Insisto, sorprende mucho que no haya planteado mención alguna hacia el titular del taller cuya representatividad es muy concreta mas allá de tener la habilitación del taller.

Estamos evaluando poner al titular del taller como testigo (entre muchos otros testigos), para que testimonie que efectivamente lo tuvo a su cargo hasta extinguir la relacion por el 241 ya que el actor está fuera de los plazos para ir contra el, además de ser esta la realidad de la situación que puede ser acreditada con otros testimonios, facturas y remitos de la actividad a su nombre, registros contables, etc.

La consulta concreta es la siguiente: Primero obviamente, si es conveniente o es quizas arriesgar demasiado. Ya que si no se está oponiendo solidaridad laboral, la unica que le queda al actor es ir por la 12.713 del trabajo a domicilio y sostenerlo en base a testimoniales que serian precarias o nulas dada la realidad de la actividad que se desarrollaba. Es como si mi hijo, por convivir conmigo quedara expuesto a ser el titular del estudio particular que tengo en mi domicilio suceptible de ser accionado por algun empleado que este a mi cargo. O si se me está pasando por alto alguna modalidad de litigio porque que yo en el lugar de mi colega por la otra parte hubiese incluido como mínimo "y otros..." en el planteo de la demanda por mas llano que viera el camino para accionar. Me resulta muy sospechosa esa omisión claramente adrede y la elección del actor a accionar contra el hermano y no contra el dueño.

Disculpen la consulta dirigida a la experiencia de otros colegas con mas experiencia, pero temo que dentro de la obviedad del asunto se me este escapando alguna estrategia judicial que no esté teniendo en cuenta.
Gracias desde ya y disculpar por abordar de esta forma. Espero en breve estar compartiendo experiencias con todos ustedes.
 #1032868  por andresxeneizes
 
es el hermano yo no lo llevaria como testigo, no sea cosa que no sea convincente y eso ademas de que es el hermano puede confundir al tribunal

yo lo que haria es simplemente una negativa generica de que trabajaba para el, no diria para quien trabajaba, y diria que el hermano trabaja en otra cosa totalmente distinta, y llevaria testigos que demuestren que en el horario que el tipo laburaba en la empresa tu cliente estaba en otro lado.

despues tenes que estar atento con los testigos del actor, esos te van a resolver la cuestion, en cuanto les preguntes si laburaba para tu cliente o el hermano y empiecen a contradecirse o pifiar ahi me parece que puede estar la clave del juicio
 #1033410  por Ceriani
 
Muchas gracias andresxeneizes
Lo voy a definir en base a la documentacion que tenga en el hermano de su actividad y el otro de la suya, o sea la prueba que sean capaces de ofrecer. El punto es que nos resulto tan insolito que da lugar a pensar de que estamos pasando por alto algun criterio de litigio que no tuvimos en cuenta. Para mejorar las cosas el actor ofrece un unico testigo que era empleado de su hermano al momento de que este ingreso a trabajar en el taller. Fecha en la cual el demandado no estaba en el pais. Nunca les pasó que a veces vienen tan sencillas las cosas que uno duda? Bueno, gracias por la valiosa sugerencia!
 #1033425  por andresxeneizes
 
Nunca les pasó que a veces vienen tan sencillas las cosas que uno duda?
son en los que mas miedo nos entra, y ahi me acuerdo de francela que decia en las peliculas "por que sere tan cagon?"