flux escribió:El tema es que tengo entendido que esa documental no se puede presentar al tratarse de un colegio.
Presentala directamente..., no tenes idea la cantidad de documental afanada que mis trabajadores presentaban en sus juicios, hasta libros de habilitacion y todo
Que puede hacer el empleador, denunciarte? que lo haga, a donde te haga una denuncia por hurto indirectamente va a tener que justificar como es que te conoce, cuando supuestamente no te conoce porque nunca trabajaste, y suponiendo que pueda justificar, a donde a un juzgado penal te presentes alegando, aca hay un problema laboral y les tiras la caratula del laboral se cae lo penal al tacho, porque se suele considerar que el que hizo la denuncia la hizo porque no quiere pagar a su trabajador, y le cajonean todo
El tema excede este post, pero me parece una locura flux! Y te lo digo como abogado de trabajadores y habiendo renegado con la falta de pruebas. Dos observaciones, una general y una práctica.
La general: eso es hurto y un delito no se compensa con otro; para abreviar el juicio podés sugerir también que el trabajador robe de la caja fuerte el monto de las indemnizaciones.
La práctica es que por más de lo que "se suela considerar" -no me consta-, no hay ninguna seguridad de que no metas en un verdadero lío al trabajador si le toca justo un juzgado de los que no "suele considerar" eso. Es teoría del fruto del árbol envenenado, la prueba es nula. En el mejor de los casos servirá para crear convicción al juez y todo lo que quiera (de acuerdo a la prueba, no en todos los casos es indubitable que el trabajador intervino en X momento, y no que lo alteró después que lo hurtó) pero no mayor convicción que la de otros medios, y a un colto altísimo con un cliente denunciado y vos teniendo que laburar en un penal.